ASESORÍAS JURÍDICAS ÁLVARO FERNÁNDEZ SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de enero de 2019
- Repertorio
- 1259
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, Abogado, Notario Suplente de doña MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, quien es Titular de la 7 Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1161, entre piso, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de Enero de 2019, otorgada ante la titular de este oficio bajo Repertorio Nº 1.259 – 2.019, se redujo a escritura pública Acta de la Junta de Accionistas de la sociedad “ASESORÍAS JURÍDICAS ÁLVARO FERNÁNDEZ SpA", inscrita a fojas 66.850 N° 43.985 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2013, celebrada con fecha 14 de Enero de 2019, en que se acuerda por la unanimidad de los accionistas ÁLVARO JOSÉ ANTONIO MARCELO FERNÁNDEZ ORTÚZAR, modificar estatutos sociales en las siguientes materias extractables: Sustituir el artículo primero por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO: La sociedad se denominará “ASESORÍAS E INVERSIONES AF SpA” pudiendo utilizar la denominación de fantasía “AF SpA” y actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas bajo dicha denominación y tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o extranjero. El cambio del domicilio estatutario de la compañía deberá ser acordado por la junta de accionistas con la mayoría necesaria para adoptar acuerdos que constituyan modificación del estatuto social, o por acuerdo de la totalidad de los accionistas que conste en una escritura pública o instrumento privado suscrito por todos ellos, en la forma prevista por el artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio. La sociedad tendrá una duración indefinida.”; Sustituir el artículo segundo por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO: El objeto de la sociedad será: i) La prestación de toda clase de asesorías y servicios jurídicos, cualquiera sea su materia o naturaleza, de tipo corporativo como judicial, como por ejemplo y sin que sea taxativo, en asuntos constitucionales, civiles, procesales, comerciales, económicos, libre competencia, competencia desleal, tributarios, administrativos, telecomunicaciones, societarios, mineros, laborales, sindicales, de seguridad social; y en general, de todas aquellas que digan relación con tópicos o ramas del derecho; ii) La inversión, en toda clase de bienes y servicios, sean muebles e inmuebles, corporales e incorporales, pudiendo adquirirlos, enajenarlos y explotarlos; iii) Efectuar inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios y/o de participación; iv) La construcción de todo tipo de viviendas, conjuntos habitacionales, condominios, edificios, ya sea por cuenta propia o ajena; v) La compra, venta, explotación, arrendamiento, con o sin opción de compra, usufructo, administración toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas y cualesquiera otra forma de explotación y administración de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, ya sea en el país o en el extranjero; vi) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación de toda clase de bienes y servicios sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles; vii) La constitución y/o participación como socia, accionista, administradora, gestora o a cualquier otro título en toda clase de sociedades y/o empresas, cualquiera sea su objeto, naturaleza y nacionalidad, así como también la participación en asociaciones y comunidades; viii) Invertir, promover, iniciar, desarrollar, y/o participar en toda clase de actividades económicas, negocios, empresas, sociedades, asociaciones, tales como productiva, extractiva, pesquera, agrícola, ganadera, minera, bancaria, sanitaria, comercial, industrial, mercantil, de retail, administradora de fondos, previsional, construcción, de corretaje, transportes, de distribución, consumo, telecomunicaciones, eléctricas, aguas, gas, de servicios públicos y privados de cualquier tipo, y de cualquier actividad económica, bienes y/o servicios que permitan efectuar inversiones, promoverlas, desarrollarlas, explotarlas; y/o asumir la representación de dichas empresas, negocios y/o sociedades, sean estas nacionales o extranjeras; ix) En general, invertir, iniciar, promover, desarrollar y/o participar en toda clase de bienes, servicios y/o actividades económicas de todo tipo, con la única excepción que no sean contrarias a la ley, al orden público y a las buenas costumbres.” Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, a 28 de Enero de 2019.