Instrumento
- Fecha
- 26 de enero de 2019
- Notario
- CARLA SALAZAR MEZA
- Domicilio
- Interina San Fernando
Sociedad
- Capital
- $50.000 CLP
- Domicilio
- Placilla
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones; b) la sociedad podrá, para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, constituir, adquirir, integrar como asociada o en otra forma directamente o con terceros o sociedades filiales, sociedades, instituciones de cualquier clase o naturaleza tanto en Chile como en el extranjero; c) la explotación de predios agrícolas y la comercialización de productos del agro en general. La explotación a cualquier título de bienes raíces agrícolas propios o ajenos, como la compra de estos, y cualquier otra actividad del giro civil que acuerden los socios; y toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con la agricultura y los animales del campo, y cualquier otro negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLA SALAZAR MEZA, Notario Público Interina San Fernando, Chillán 620, certifica: por escritura hoy ante mí, CARLOS PATRICIO MARTIN ILABACA VACAREZZA, CARLOS ALEJO ILABACA NUÑEZ, SARA LUZ PATRICIA MARTINA VACAREZZA YAVAR y MARIA PAZ RITA ILABACA VACAREZZA, todos con domicilio en Fundo Santa Carlota s, Comuna de Placilla, constituyeron Sociedad por acciones denominada AGRICOLA SANTA CARLOTA SpA. Nombre Fantasía: “SANTA CARLOTA SpA”. Objeto: a) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, con la facultad de administrar dichas inversiones; b) la sociedad podrá, para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, constituir, adquirir, integrar como asociada o en otra forma directamente o con terceros o sociedades filiales, sociedades, instituciones de cualquier clase o naturaleza tanto en Chile como en el extranjero; c) la explotación de predios agrícolas y la comercialización de productos del agro en general. La explotación a cualquier título de bienes raíces agrícolas propios o ajenos, como la compra de estos, y cualquier otra actividad del giro civil que acuerden los socios; y toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con la agricultura y los animales del campo, y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. La vinificación de uvas propias y/o de terceros, elaboración, fabricación y envasado de vinos y licores por cuenta propia y/o de terceros; compra de uvas para fines antes citados; filtrado de vinos, borras y productos vínicos; explotación de viñedos; importación y exportación de esos productos, materias primas o implementos; explotación de predios agrícolas; explotación de huertos frutales; y todo negocio que accionistas acuerden siendo relacionados con actividades del agro en general; pudiendo la sociedad desarrollar válidamente cualquiera otra actividad que acuerden los socios, éste relacionada o no con los rubros anteriormente señalados; d) El corretaje y la intermediación de propiedades, agrícolas o urbanas; la compra y venta de inmuebles, estén o no edificados y la promoción de negocios; d) La prestación de toda clase de asesorías en el ámbito agrícola y ganadero y en general toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con el objeto social.- CUARTO: La sociedad comenzará sus operaciones con esta fecha y el plazo de duración será indefinido. Administración y uso razón social: Carlos Patricio Martín Ilabaca Vacarezza y María Paz Rita Ilabaca Vacarezza conjunta o separadamente. Capital $50.000.000 dividido en 1.000 acciones sin valor nominal, suscrito y pagado forma indica estatutos. Duración: indefinida. Domicilio: Placilla. Demás estipulaciones escritura que extracto. San Fernando, 26 de enero 2019.