ADMINISTRADORA DE INVERSIONES MOBILIARIAS S.A.
Instrumento
- Fecha
- 17 de enero de 2019
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 20.712
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ALFONSO VIAL SÁNCHEZ | socio | 3692215-K | — | — | |
| INVERSIONES LLAO LAO LIMITADA | socio | 76954851-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33 Notaría de Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, certifico: Por escritura pública otorgada el 17 de Enero de 2019, ante mí, don ALFONSO VIAL SÁNCHEZ, RUT 3.692.215-K, e INVERSIONES LLAO LAO LIMITADA, RUT 76.954.851-3, ambos domiciliados en calle La Perdiz 11.689, comuna de Lo Barnechea, constituyeron sociedad anónima cerrada denominada ADMINISTRADORA DE INVERSIONES MOBILIARIAS S.A., la cual puede usar la sigla “AIM S.A.” para fines indicados en escritura que extracto; con domicilio en la ciudad de Santiago; de duración indefinida; y cuyo objeto será: (a) La administración de recursos de personas y entidades para su inversión en contratos, instrumentos o productos financieros, sea o no en conformidad a los artículos 95 y siguientes de la Ley 20.712; (b) El ejercicio de representaciones, mandatos, agencias, comisiones y toda clase de gestiones de negocios; la administración de bienes, capitales y empresas y, en general, el cumplimiento de encargos fiduciarios; y, (c) La administración de fondos de inversión privados que trata el Capítulo 5° del Título Primero de la Ley 20.712 y sus modificaciones posteriores, esto es, de fondos no regulados ni fiscalizados por la Comisión para el Mercado Financiero.- El capital de la sociedad es de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal. Al momento de constituirse la Sociedad se emitieron, suscribieron y pagaron la totalidad de dichas 1.000 acciones, con $1.000.000 en dinero efectivo. Demás estipulaciones constan en la escritura que extracto.- Santiago, 17 de Enero de 2019.