SOCIEDAD EDUCACIONAL ROXANE LAGOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de enero de 2019
- Notario
- HECTOR BOWN ORTEGA
- Oficio
- 39 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHECTOR BOWN ORTEGA, Notario Público, titular de la 39 Notaría de Santiago, oficio Avenida Ossa 150, comuna Ñuñoa, certifica: Por escritura pública, fecha 15 de Enero de 2019, ante mí, comparecen: ROXANE IBELDA LAGOS CARRASCO, RICARDO FERNANDO CARRASCO WEBER, ambos domiciliados en Juan Esteban Montero 4713, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y CLAUDIO FABIO MORELLI BONILLA, domiciliado en Argomedo 379, comuna Santiago, Región Metropolitana, quienes rectifican y complementan escritura modificación sociedad “SOCIEDAD EDUCACIONAL ROXANE LAGOS LIMITADA”, RUT 78.345.710-5, de fecha 04 Diciembre 2018, suscrita ante mí, inscrita fojas 93.434, número 47.936, año 2018, en el Conservador de Comercio Santiago, siguiente sentido: Que, por el presente acto, los comparecientes rectifican y complementan dicha escritura modificación señalando lo siguiente: “Por el presente acto, la sociedad y sus socios, otorgan a ROXANE IBELDA LAGOS CARRASCO, el más amplio, completo y total finiquito respecto de los actos de administración que pudo haber realizado, no teniendo reclamo ni cargo alguno que formular en contra de ella”. Asimismo, los comparecientes rectifican y complementan dicha escritura de modificación señalando lo siguiente: Se modifica cláusula relativa a la administración y uso de la razón social, en el sentido que ésta recaerá única y exclusivamente en RICARDO FERNANDO CARRASCO WEBER, con las más amplias facultades y, sin limitación alguna, pudiendo realizar todos los actos y contratos necesaria para la marcha de los negocios sociales, y en especial, sin que ello signifique limitación alguna, a aquellas señaladas en la Cláusula Cuarta de constitución social”. Además, los comparecientes rectifican y complementan dicha escritura modificación siguiente sentido: “Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes”. En todo lo no modificado, permanece plenamente vigente la constitución social y su modificación de veinticinco de Abril de dos mil uno. Santiago 15 de Enero de 2019.