CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

GRUPO LHC SpA

RUT 15317150-5 CVE 1537119
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de enero de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
17 de enero de 2019
Notario
CLOVIS TORO CAMPOS
Oficio
13° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Santiago pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Indefinida
Ley aplicable
ley N° 20.190

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán al Administrador, sin perjuicio de lo pactado en el Articulo Primero Transitorio

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLOVIS TORO CAMPOS, Notario Público, Titular de la 13° Notaría de Santiago, Compañía N° 1312, certifica: por escritura pública, hoy ante mí: Doña MARÍA XIMENA LINARES PEÑAILILLO, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad N° 15.317.150-5, con domicilio en Juan Valiente N° 13792, comuna de San Bernardo, Santiago, región metropolitana, y don CONRADO ARMANDO CABRERA PEÑA, chileno, divorciado, egresado de derecho, cédula nacional de identidad N° 5.354.337-5, con domicilio en Avenida Concha y Toro N° 748, departamento 42, comuna de Puente Alto; constituyen una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, por las disposiciones de la ley N° 20.190 y N° 18.046, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Razón Social: El nombre de la sociedad será GRUPO LHC SpA. Domicilio: Santiago pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto de la Sociedad.- El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas del derecho y todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado; b) Asesorías, estudios y consultorías en materias jurídicas o, de carácter comercial, económico, tributarias, contables, administrativas o financieras, en todo tipo y áreas del derecho; c) La representación en juicios contenciosos y no contenciosos, y en general, la representación de mandantes o clientes, ante cualquier tribunal de la República, ya sea arbitral o de compromiso, administrativo, o ante cualquier institución pública o privada, y en la compra y venta de inmuebles, ya sea para su patrimonio propio o por encargo de terceros; d) Defensa en juicios de toda índole y representación judicial y extrajudicial de personas naturales o jurídicas, sean nacionales o extranjeros; e) Tramitación, registro y defensa de marcas comerciales, y asuntos relativos a la ley de propiedad intelectual e industrial; f) Servir en calidad de árbitro, cualquiera sea su denominación legal; g) El gestionar, agenciar o impartir actividades relacionadas con la capacitación y enseñanza en materia jurídica o afines; h) La administración en materia de recursos humanos y asesoría empresarial; i) La asesoría periodística, política y comunicacional para todo tipo de personas, empresas e instituciones públicas o privadas; j) La capacitación en todas las materias señaladas precedentemente, comprendiendo en ésta la realización de cursos y seminarios; k) Corretaje de propiedades, asesoría en compra y venta de inmuebles, compra, venta, arriendo y administración de propiedades, estudio y regularización de título. Así como cualquier actividad lícita que los socios acordaren en el futuro; y de cualquier actividad conexa, relacionada o derivada de las antes enunciadas y en general, la sociedad podrá ejecutar actos comerciales de su giro o de cualquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales.- Capital y acciones.- El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal; que los accionistas suscriben y pagan de la siguiente forma: A) El accionista doña MARÍA XIMENA LINARES PEÑAILILLO suscribe 70 acciones equivalentes a $1.400.000.-, pagando en este acto al contado $200.000.-, que se ingresa a la caja social, y lo restante lo pagará en un año a contar de esta fecha, y B) El accionista don CONRADO ARMANDO CABRERA PEÑA, suscribe 30 acciones equivalentes a $600.000.-, pagando en este acto al contado $200.000.-; Total del capital suscrito: 100 acciones. Total capital pagado: $400.000.-; Plazo para pago del capital suscrito: 1 año. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán al Administrador, sin perjuicio de lo pactado en el Articulo Primero Transitorio. Otras estipulaciones y detalles en escritura extractada. Santiago 17 de Enero 2019.-