Instrumento
- Repertorio
- 186-2019
- Notario
- José Gerardo Bambach Echazarreta
- Oficio
- Notaria de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Talcahuano, Región del Biobío
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) El transporte, reparto y distribución de comida en general, en especial de productos locales de comida rápida, foodtruck, carros de comida rápida, pizzerías, restaurantes, restobar, comida internacional, cafetería, salón de té, emporio, gelatería, bar, pub, centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público o privado en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local, para llevar y)o delivery, y de toda clase de bienes muebles, mercaderías, documentos, materiales, productos, cosas corporales, fungibles o no fungibles, consumibles o no consumibles, entregas, encomiendas, correo privado, solo vía terrestre; b) Efectuar y desarrollar inversiones o negocios de cualquier naturaleza, especialmente el de intermediación de productos de cualquier naturaleza, sean corporales e incorporales, incluyendo, pero sin estar limitado a productos alimenticios, bebidas alcohólicas y analcohólicas, alimentos preparados que requieran o no cocción, sándwiches, pizzas, etc.; c) Servicios de transporte de carga por carretera, de pasajeros, entendiéndose por tal, de manera meramente enunciativa, el transporte de pasajeros público y privado, escolar, taxi, radio taxi, taxi colectivo, transporte de personas a instituciones, particular o turístico); d) La compraventa, arriendo o alquiler de vehículos nuevos y usados; e) Otras actividades que acuerden los socios, relacionadas con las señaladas precedentemente. Las actividades económicas derivadas del objeto social podrán efectuarla personalmente, por la sociedad, en asociación, o coparticipación con terceros sean estas personas naturales o jurídicas. Los socios podrán realizar cualquier acto relacionado con el objeto de la sociedad y celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales
Administración
La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. El compareciente de acuerdo al Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada, nombra como administrador a SEBASTIAN GERMAN SALINAS CHANDIA, cédula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos cincuenta y cuatro mil setecientos setenta y ocho guión seis. Se establece en este acto, que por esta única vez no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación del administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. El administrador representará a la sociedad anteponiendo a su firma la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJosé Gerardo Bambach Echazarreta, abogado, Notario Público Titular de la Notaria de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle San Martin número novecientos seis, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, Repertorio N°186 -2019, don SEBASTIAN GERMAN SALINAS CHANDIA, constituye sociedad por acciones. Su Razón Social será TRANSPORTES EL CHILENO SpA, pudiendo usar el nombre de fantasía EL CHILENO A DOMICILIO SpA para efectos de publicidad, propaganda u operaciones de banco. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Talcahuano, Región del Biobío, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida desde fecha de escritura. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) El transporte, reparto y distribución de comida en general, en especial de productos locales de comida rápida, foodtruck, carros de comida rápida, pizzerías, restaurantes, restobar, comida internacional, cafetería, salón de té, emporio, gelatería, bar, pub, centro de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público o privado en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local, para llevar y/o delivery, y de toda clase de bienes muebles, mercaderías, documentos, materiales, productos, cosas corporales, fungibles o no fungibles, consumibles o no consumibles, entregas, encomiendas, correo privado, solo vía terrestre; b) Efectuar y desarrollar inversiones o negocios de cualquier naturaleza, especialmente el de intermediación de productos de cualquier naturaleza, sean corporales e incorporales, incluyendo, pero sin estar limitado a productos alimenticios, bebidas alcohólicas y analcohólicas, alimentos preparados que requieran o no cocción, sándwiches, pizzas, etc.; c) Servicios de transporte de carga por carretera, de pasajeros, entendiéndose por tal, de manera meramente enunciativa, el transporte de pasajeros público y privado, escolar, taxi, radio taxi, taxi colectivo, transporte de personas a instituciones, particular o turístico); d) La compraventa, arriendo o alquiler de vehículos nuevos y usados; e) Otras actividades que acuerden los socios, relacionadas con las señaladas precedentemente. Las actividades económicas derivadas del objeto social podrán efectuarla personalmente, por la sociedad, en asociación, o coparticipación con terceros sean estas personas naturales o jurídicas. Los socios podrán realizar cualquier acto relacionado con el objeto de la sociedad y celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de cuatro millones de pesos, dividido en cuarenta acciones iguales, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben, pagan y pagarán en la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de la escritura extractada. Cada acción dará derecho a un voto. El accionista constituyente SEBASTIAN GERMAN SALINAS CHANDIA, ya individualizado, suscribe en este acto cuarenta acciones, las que paga íntegramente de contado y en dinero efectivo, ingresando a caja social. Administración: La sociedad será administrada por quien se designe en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. El compareciente de acuerdo al Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada, nombra como administrador a SEBASTIAN GERMAN SALINAS CHANDIA, cédula nacional de identidad número diecisiete millones setecientos cincuenta y cuatro mil setecientos setenta y ocho guión seis. Se establece en este acto, que por esta única vez no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación del administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. El administrador representará a la sociedad anteponiendo a su firma la razón social. - Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Concepción, enero 24 de 2019.