INMOBILIARIA VP LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de enero de 2019
- Repertorio
- 669
- Notario
- KARINA FLORES MUÑOZ
- Oficio
- Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago don Andrés Felipe Rieutord Alvarado
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, con oficio en calle La Concepción sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 9 de enero de 2019, Repertorio N°669, ante Notario Titular, don PABLO AUGUSTO VERMEHREN DOMÍNGUEZ, abogado, INVERSIONES ALBERTA S.A., persona jurídica del giro de su denominación, y FRANIC S.A., persona jurídica del giro inversiones, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Américo Vespucio Norte N° 1090, piso 12, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron INMOBILIARIA VP LIMITADA (la “sociedad”), inscrita a fojas 5.571 número 3.702 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2010, siguiente sentido: 1. FRANIC S.A. vende, cede y transfiere el 1% del total de los derechos y haberes de la sociedad, con cargo a sus derechos en ésta, a don PABLO AUGUSTO VERMEHREN DOMÍNGUEZ, en precio y forma establecidos en escritura extractada. 2. A continuación, FRANIC S.A. vende, cede y transfiere el 49% del total de los derechos y haberes de la sociedad, con cargo a sus derechos en ésta, a INVERSIONES ALBERTA S.A., en precio y forma establecidos en escritura extractada. 3. Consecuentemente, a contar de fecha de escritura extractada, quedan como únicos socios de la sociedad: uno) INVERSIONES ALBERTA S.A., con el 99% de los derechos sociales, y dos) don PABLO AUGUSTO VERMEHREN DOMÍNGUEZ, con el 1% de los derechos sociales. 4. Socios introducen siguientes modificaciones a estatutos sociales de la sociedad: a) se modifica el ARTÍCULO CUARTO de los estatutos sociales en el sentido que la administración y uso de la razón social corresponderá únicamente a don PABLO AUGUSTO VERMEHREN DOMÍNGUEZ, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará y obligará a la sociedad frente a terceros, en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios comprendidos dentro del giro social, con todas y cada una de las facultades indicadas en el antes referido ARTÍCULO CUARTO, las que se dan por expresa e íntegramente reproducidas una a una para todos los efectos legales; y b) se modifica el ARTICULO QUINTO de los estatutos sociales referente al capital social, reemplazándolo por el siguiente: “ARTICULO QUINTO: CAPITAL. El capital de la sociedad asciende a la suma de dos millones trescientos noventa y cinco mil doscientos veintiocho pesos, el cual se encuentra íntegramente aportado, enterado y pagado por los socios de la siguiente manera: uno) INVERSIONES ALBERTA S.A., la suma de dos millones trescientos setenta y un mil doscientos setenta y seis pesos, equivalente al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; y dos) don PABLO AUGUSTO VERMEHREN DOMÍNGUEZ, la suma de veintitrés mil novecientos cincuenta y dos pesos, equivalente al uno por ciento de los derechos sociales.”. Socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por escritura extractada, continuará plenamente vigente el pacto social de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de Enero de 2019.