Bosques Guivar SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de enero de 2019
- Notario
- LUIS ARMANDO CARRILLO CARO
- Domicilio
- y Conservador de Minas de Talcahuano
Sociedad
- Domicilio
- Coelemu
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotará al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período.-. Se facultó para inscribir
Objeto social
A) Explotación de bosques, B) Servicios forestales, C) Forestación, D) Corta de madera y E) Otras actividades afines que se acuerde entre los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ARMANDO CARRILLO CARO, Notario Público y Conservador de Minas de Talcahuano, SUPLENTE del Titular GASTÓN ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, oficio Talcahuano, avenida Jorge Alessandri 3177, Local G-103, Boulevard Mall Plaza Trébol, Certifico Por escritura pública de fecha 18 de Enero de 2019, ante mí, don HUMBERTO ENRIQUE VARGAS AVILA, cédula de identidad número nueve millones diecinueve mil treinta y siete guion siete, chileno, factor de comercio, casado y separado totalmente de bienes, y doña LORENA SOLEDAD VARGAS REYES, cédula de identidad número dieciséis millones doscientos diecisiete mil doscientos ochenta y uno guion seis, chilena, ingeniero, casada y separada totalmente de bienes, ambos domiciliados en calle Manuel Antonio Matta número mil ciento dieciséis, comuna de Coelemu, y de paso en ésta, quienes constituyeron sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: “BOSQUES GUIVAR SpA". OBJETO: A) Explotación de bosques, B) Servicios forestales, C) Forestación, D) Corta de madera y E) Otras actividades afines que se acuerde entre los accionistas.- ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La Administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá indistintamente a don HUMBERTO ENRIQUE VARGAS AVILA, o a doña LORENA SOLEDAD VARGAS REYES, facultades señaladas en el pacto.- CAPITAL: El capital social es de un millón de pesos dividido en cien acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos, que se han suscrito y enterado de la forma siguiente: A) El accionista don HUMBERTO ENRIQUE VARGAS AVILA suscribe noventa y nueve (99) acciones en el precio de NOVECIENTOS NOVENTA MIL PESOS que paga al contado y en dinero en efectivo, en este acto a entera satisfacción de la sociedad. B) El accionista doña LORENA SOLEDAD VARGAS REYES, suscribe una (1) acción en el precio de DIEZ MIL PESOS que paga al contado y en dinero en efectivo, en este acto a entera satisfacción de la sociedad. En consecuencia, el capital queda así íntegramente pagado. DOMICILIO: Coelemu, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en cualquier lugar de Chile y/o en el extranjero. DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotará al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período.-. Se facultó para inscribir.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Talcahuano, 24 de Enero de 2019.