INVERSIONES EL ARRAYAN SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2018
- Repertorio
- 74579-2018
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $50.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES EL ARRAYAN SpA | socio | 76815933-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2018, repertorio Nº 74.579-2018. ante mí, TOMÁS ERNESTO RUIZ-TAGLE VALENZUELA, en La Cienaga Nº 12.199, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, acuerda modificar INVERSIONES EL ARRAYAN SpA, RUT 76.815.933-5 de la siguiente forma: 1. Aumentar el capital social de la suma de $50.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas de una misma serie, a $153.672.899 dividido en 10.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El aumento de $103.672.899 se pagará mediante la emisión, suscripción y pago 9.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. 2. Se modifica el artículo quinto de los estatutos sociales reemplazándolo por el siguiente: “El capital de la sociedad es la suma de $153.672.899 dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo primero transitorio. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes, tales como derechos, valores mobiliarios o especies en general”. 3. Se modifica el artículo primero transitorio reemplazándolo por el siguiente: “El capital de la sociedad ascendente a la suma de $153.672.899 dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que se establece en el artículo quinto permanente, se encuentra suscrito y pagado y se suscribirá y pagará de la siguiente forma: a.- 1.000 acciones, equivalente a $50.000.000, íntegramente suscritas y pagadas. b.- 9.000 acciones, equivalente a $103.672.899 que se pagarán y suscribirán dentro del plazo máximo de 90 días contados desde la fecha de la presente escritura”. 4. Se modifica el artículo décimo tercero de los estatutos sociales agregando al final de su texto lo siguiente: “Sesenta y dos: autocontratar”. Demás estipulaciones en escritura extractada, Santiago, 22 de enero de 2019.