ASESORÍAS E INVERSIONES ARRIAGADA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de noviembre de 2018
- Notario
- Eduardo Avello Concha
- Oficio
- 27 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEduardo Avello Concha, Abogado, Notario Público titular de la 27 Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, certifica: que por escritura pública de fecha 28 de noviembre de 2018, repertorio número 35.172-2018, ante mi suplente doña Margarita Moreno Zamorano, Guillermo Andrés Arriagada Álvarez, Susana Bengolea Ossa, Antonia Arriagada Bengolea, Guillermo José Arriagada Bengolea y Josefina Arriagada Bengolea, todos domiciliados en calle Paul Harris 11.758, comuna de Las Condes, Santiago, modificaron la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES ARRIAGADA LIMITADA (la “Sociedad”), inscrita en Registro de Comercio de Santiago a fojas 13.306 número 10.700 año 2001, como sigue: Cesión de derechos sociales: a) Guillermo Andrés Arriagada Álvarez vende, cede y transfiere un 5% de los derechos sociales en la Sociedad a Guillermo José Arriagada Bengolea; b) Susana Bengolea Ossa vende, cede y transfiere un 5% de los derechos sociales en la Sociedad a Guillermo José Arriagada Bengolea; c) Josefina Arriagada Bengolea, vende, cede y transfiere un 5% de los derechos sociales en la Sociedad a Guillermo José Arriagada Bengolea; y, d) Antonia Arriagada Bengolea vende, cede y transfiere un 5% de los derechos sociales en la Sociedad a Guillermo José Arriagada Bengolea. Modificación del pacto social: En consecuencia, se reemplazó el artículo cuarto del pacto social por el siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, que los socios han aportado y enterado en dinero efectivo en la caja social en la siguiente forma: Uno. Don Guillermo Andrés Arriagada Alvarez ha aportado y enterado un veinte por ciento del capital social, correspondiente a la cantidad de doscientos mil pesos; Dos. Doña Susana Bengolea Ossa ha aportado y enterado un veinte por ciento del capital social, correspondiente a la cantidad de doscientos mil pesos; Tres. Doña Antonia Arriagada Bengolea ha aportado y enterado un veinte por ciento del capital social, correspondiente a la cantidad de doscientos mil pesos; Cuatro. Doña Josefina Arriagada Bengolea ha aportado y enterado un veinte por ciento del capital social, correspondiente a la cantidad de doscientos mil pesos; y, Cinco. Don Guillermo José Arriagada Bengolea, ha aportado y enterado un veinte por ciento del capital social, correspondiente a la cantidad de doscientos mil pesos.”. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para la legalización. Santiago, 15 de Enero de 2019.