PROSERVICE BIO BIO SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2018
- Notario
- JAIME BERNALES VALENZUELA
- Oficio
- 2° Notaria de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Ley aplicable
- ley Nº 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME BERNALES VALENZUELA, Notario Público Titular, 2° Notaria de Rancagua, con oficio en calle Bueras N° 359, Oficina N° 102, certifico: Que por escritura pública de fecha 31-12-2018, Rep. 7171-2018, ante mí suplente, doña Francisca Salas Medina, INVERSIONES E INMOBILIARIA GHC LIMITADA, Rut. 76.042.723-3, domiciliada en Camino El Abra sin número, kilómetro 2,5, comuna de Requínoa, constituyo por escritura pública de 18 de junio año 2018, otorgada ante don Julio César Muñoz Canales, suplente de Edmundo Antonio Figueroa Álvarez, Notario Público, Titular Notaría de Rengo, sociedad por acciones denominada PROSERVICE BIO BIO SPA, en los términos y condiciones convenidas en dicho instrumento. Un extracto de la mencionada escritura, fue publicado e inscrito, fuera del plazo legal, a fojas 94 Nº 88 en el Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces de Rengo, año 2018, y publicado en el Diario Oficial 21/07/2018, vicio de nulidad que son necesario corregir. Capital $1.000.000.- De conformidad a la ley Nº 19.499, sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, la única socia de PROSERVICE BIO BIO SPA, debidamente representada en forma indicada en la comparecencia, vienen en sanear los vicios de nulidad mencionados y consecuentemente se procederá dentro del plazo legal, a inscribir en el Registro de Comercio, del Conservador de Bienes Raíces, de Rengo, y a publicar en el Diario Oficial, un extracto de la presente escritura pública. En lo no saneado se mantienen plenamente vigentes todas y cada una de las estipulaciones contenidas en la escritura de constitución de la sociedad. Rancagua, 21 de enero de 2019.