MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Zermatt Limitada

RUT 76141595-6 CVE 1533463
Capital
$10.757.803 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2018
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2018
Notario
MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.757.803 CLP
Duración
- Cuatro)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 27/12/2018 Repertorio número 17.603/2018, ante Notario Suplente Alejandro J. Guerra Pinto, don Jaime Sinay Assael, cédula nacional de identidad N° 6.377.768-4 por sí y en representación de Inversiones Zermatt Dos Limitada, del giro de su denominación, R.U.T. N° 76.464.057-8, ambos domiciliados para estos efectos en calle Alonso de Córdova 2.860, piso 7, comuna de Vitacura, Región Metropolitana de Santiago; únicos socios de Inversiones Zermatt Limitada, sociedad del giro de su denominación, R.U.T. N° 76.141.595-6, inscrita a fojas 10.590, Número 8.107 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011; los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas citadas, acordaron: Uno) Aumentar el capital social de la suma de $10.757.803.245 a la suma de $13.257.803.245.- Dos) Reemplazar la cláusula quinta de los estatutos sociales por la siguiente: “QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de trece mil doscientos cincuenta y siete millones ochocientos tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos, el que se entera por los socios en la siguiente forma y proporción: a) Don Jaime Sinay Assael aporta la suma de mil cincuenta y siete millones setecientos ochenta y dos mil ochenta y nueve pesos, equivalentes a un siete coma nueve ocho por ciento del capital social; y b) Inversiones Zermatt Dos Limitada aporta la suma de doce mil doscientos millones veintiún mil ciento cincuenta y seis pesos equivalentes a un noventa y dos coma cero dos por ciento del capital social”.- Tres) En lo no modificado, las demás cláusulas del estatuto mantienen su vigencia.- Cuatro) Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, Enero 18 de 2019. nrs.