Inversiones Zermatt Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2018
- Notario
- MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.757.803 CLP
- Duración
- - Cuatro)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica, por escritura pública de fecha 27/12/2018 Repertorio número 17.603/2018, ante Notario Suplente Alejandro J. Guerra Pinto, don Jaime Sinay Assael, cédula nacional de identidad N° 6.377.768-4 por sí y en representación de Inversiones Zermatt Dos Limitada, del giro de su denominación, R.U.T. N° 76.464.057-8, ambos domiciliados para estos efectos en calle Alonso de Córdova 2.860, piso 7, comuna de Vitacura, Región Metropolitana de Santiago; únicos socios de Inversiones Zermatt Limitada, sociedad del giro de su denominación, R.U.T. N° 76.141.595-6, inscrita a fojas 10.590, Número 8.107 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011; los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas citadas, acordaron: Uno) Aumentar el capital social de la suma de $10.757.803.245 a la suma de $13.257.803.245.- Dos) Reemplazar la cláusula quinta de los estatutos sociales por la siguiente: “QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de trece mil doscientos cincuenta y siete millones ochocientos tres mil doscientos cuarenta y cinco pesos, el que se entera por los socios en la siguiente forma y proporción: a) Don Jaime Sinay Assael aporta la suma de mil cincuenta y siete millones setecientos ochenta y dos mil ochenta y nueve pesos, equivalentes a un siete coma nueve ocho por ciento del capital social; y b) Inversiones Zermatt Dos Limitada aporta la suma de doce mil doscientos millones veintiún mil ciento cincuenta y seis pesos equivalentes a un noventa y dos coma cero dos por ciento del capital social”.- Tres) En lo no modificado, las demás cláusulas del estatuto mantienen su vigencia.- Cuatro) Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, Enero 18 de 2019. nrs.