Empresa Distribuidora de Papeles y Cartones S.A.
Instrumento
- Fecha
- 19 de diciembre de 2018
- Notario
- Raúl Undurraga Laso
- Oficio
- 29 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
El objeto de la Sociedad es la compra, venta, consignación, comercialización y distribución, sea por cuenta propia o ajena, de madera, celulosa, papeles, cartones y otras materias primas, productos y subproductos o artículos derivados de la madera, la celulosa o el papel y cualquier otro negocio civil o de comercio complementario de los anteriores que acuerden sus
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRaúl Undurraga Laso, abogado, Notario Público Titular de la 29 Notaría de Santiago, con oficio en calle Mac Iver número 225, oficina 302, comuna de Santiago, certifica: Que con fecha 28 de diciembre de 2018, ante mí, se redujo a escritura pública acta de junta extraordinaria de accionistas de Empresa Distribuidora de Papeles y Cartones S.A., celebrada ante mí con fecha 19 de diciembre de 2018, en la cual la unanimidad de sus accionistas, CMPC Papeles S.A. e Inversiones CMPC S.A., acordaron, entre otras materias, transformar dicha sociedad en una sociedad por acciones, fijándose sus estatutos de los cuales extracto lo siguiente: Nombre: "Empresa Distribuidora de Papeles y Cartones SpA" pudiendo ocupar como nombre de fantasía “Edipac”, para todos los fines legales, comerciales y publicitarios, incluso ante bancos e instituciones financieras. Objeto: El objeto de la Sociedad es la compra, venta, consignación, comercialización y distribución, sea por cuenta propia o ajena, de madera, celulosa, papeles, cartones y otras materias primas, productos y subproductos o artículos derivados de la madera, la celulosa o el papel y cualquier otro negocio civil o de comercio complementario de los anteriores que acuerden sus accionistas. Capital: El capital de la sociedad asciende al monto de 119.942,77 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 100.000 acciones ordinarias y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador este extracto para legalización. Santiago, 16 de enero de 2019.