ARIDOS CANELAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de agosto de 2013
- Notario
- MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
- Oficio
- Sexta Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Administración
Se reemplaza la cláusula cuarta del estatuto social en cuanto la Administración, representación y uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente, a uno cualquiera de los socios Jorge Armando Hermosilla Pino, Cristián Patricio Solar Price, y Samuel Gerardo Solar Price, quienes podrán en forma separada e indistinta, representar a la sociedad, de la forma y en los términos que se establecen en escritura extractada. Demás pactos constan en escritura extractada.- CONCEPCION, 21 DE ENERO DE 2019.- evt
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ARIDOS CANELAR LIMITADA | socio | 76335498-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público Titular Sexta Notaría de Concepción, oficio Colo-Colo 304, Concepción, certifico: por escritura pública 15-ENERO-2019, REPERTORIO N° 236/2019, ante mí, JORGE ARMANDO HERMOSILLA PINO, , contratista, con domicilio en pasaje 3, casa Nº459, Boca Sur, comuna de San Pedro de la Paz; DANIEL FERNANDO SOLAR O’REILLY, empresario, con domicilio en La Haya Nº4347, Jardines de la Floresta, Hualpén, Concepción; CRISTIAN PATRICIO SOLAR PRICE, empresario, con domicilio en calle O’higgins Nº241, oficina 706, Concepción; y, SAMUEL GERARDO SOLAR PRICE, arquitecto, con domicilio en calle O’higgins Nº241, oficina 706, Concepción; modificaron la sociedad ARIDOS CANELAR LIMITADA, RUT N°76.335.498-9, constituida por escritura pública de fecha 30 de agosto del año 2013 ante el Notario de Concepción don Juan Espinosa Schiapacasse, suplente del titular Juan Espinoza Bancalari, inscrita en extracto a fojas 320, bajo el Nº263, en el Registro de Comercio de San Pedro de la Paz del año 2013, y publicada en el Diario Oficial con fecha 5 de septiembre del año 2013. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 .- Siguientes modificaciones: 1.- Don Daniel Solar O’Reilly, titular de un 50% de las acciones y derechos de la compañía vende, cede y transfiere el 50% de los derechos de la sociedad, a don Cristián Solar Price quien compra y acepta para si dicho porcentaje de derechos en la sociedad. 2.- Don Jorge Hermosilla Pino, titular de un 50% de las acciones y derechos de la compañía, vende, cede y transfiere el 1% de los derechos de la sociedad, a don Cristián Solar Price quien compra y acepta para si dicho porcentaje de derechos en la sociedad. 3.- Don Jorge Hermosilla Pino, vende, cede y transfiere el 10% de los derechos de la sociedad, a don Samuel Gerardo Solar Price quien compra y acepta para si dicho porcentaje de derechos en la sociedad. 4.- Modifican el objeto social, se reemplaza la cláusula tercera del estatuto social por la siguiente: “TERCERO: El objeto de la Sociedad será: Uno) Realizar extracción de áridos de todo tipo. Dos) La compra, venta , comercialización, y distribución de toda clase de áridos y su comercialización. Tres) La construcción por cuenta propia o ajena, de todo tipo de edificios, viviendas, y, en general, obras civiles movimiento de tierra, rellenos, urbanizaciones, subdivisiones y loteos. Y, Cuatro) Toda otra operación directa o indirectamente relacionada con las anteriores, o necesarias para conseguir el objeto social o para complementarlo, o que sea consecuencia del mismo. 5.- Modifican cláusula de administración. Se reemplaza la cláusula cuarta del estatuto social en cuanto la Administración, representación y uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente, a uno cualquiera de los socios Jorge Armando Hermosilla Pino, Cristián Patricio Solar Price, y Samuel Gerardo Solar Price, quienes podrán en forma separada e indistinta, representar a la sociedad, de la forma y en los términos que se establecen en escritura extractada. Demás pactos constan en escritura extractada.- CONCEPCION, 21 DE ENERO DE 2019.- evt.