Instrumento
- Fecha
- 15 de enero de 2019
- Comuna
- Ñuñoa
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN EUGENIO DEL REAL ARMAS, Abogado Notario Público titular de la Primera Notaria de Ñuñoa, con Oficio en Avenida Irarrázaval número mil setecientos cuarenta y cinco, oficina B, Santiago Región Metropolitana, por escritura publica hoy ante mi ROBINSON ENRIQUE AILLAPAN JARA, chileno, soltero, trabajador social, cédula de identidad número once millones ochocientos setenta y ocho mil ciento treinta y siete guión seis; y MICHELLE DE LAS MERCEDES MARTINEZ VASQUEZ, chilena, Profesora, divorciada, cédula de identidad número dieciséis millones cuatrocientos ocho mil ciento sesenta y ocho guión cero, ambos domiciliados pasaje Imperial N° 0632, comuna de La Pintana, de paso por esta, vienen en constituir una sociedad por acciones, nombre de “NGEN-MAWIDA SpA.”. domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerden establecer en otros puntos del país o en el extranjero, duración de la sociedad será indefinida. objeto de la sociedad será: Objeto de la sociedad será la prestación de servicios de asesorías, estudios y consultorías de carácter comercial, económico, financieras, jurídicas y técnicas y/o asesorías en materias de inversión de capitales, sobre toda clases de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, materias técnicas especialmente de tecnología, informática, energía y su tratamiento, de administración de empresas, control de gestión, planificación estratégica, recursos humanos, asesoría legal, judicial, legislativa, y comunicacionales, auditorias financieras y/o de gestión, creación de sistemas y módulos de gestión de cualquier tipo de empresa, su implementación, capacitación sobre cualquiera de las materias señaladas o cualquier otra asesoría análoga, tanto en Chile como en el extranjero, la importación, exportación y venta de todo tipo de mercaderías o mercancías, y la ejecución de todo tipo de servicios requeridos para el ejercicio de la actividad comercial, para la realización de toda clase de operaciones y negocios, la distribución, fabricación y comercialización, al por mayor o menor, de toda clase de mercaderías; en general, la realización de todas las operaciones que directa o indirectamente conduzcan a la consecución de los referidos objetivos, como también todo otro negocio u objeto ajeno que puedan acordar los socios. Ccapital social asciende a la suma de $2.000.000 dividido en veinte acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que los accionistas aportan y pagan de la siguiente manera: (a) El socio don Robinson Enrique Aillapán, suscribe y paga un total de diez acciones, equivalentes a un total de un millón de pesos, monto que se encuentra íntegramente pagado a esta fecha; (b) La socia doña Michelle de las Mercedes Martínez Vásquez, suscribe y paga un total de diez acciones, equivalentes a un total de $1.000.000, monto que se encuentra íntegramente pagado a esta fecha. Administradores de la Sociedad a don Robinson Enrique Aillapán Jara, ya individualizado, y a doña Michelle de las Mercedes Martínez Vásquez, ya individualizada, para que actuando siempre de manera conjunta, ejerzan la administración y tengan el uso de la razón social con todas y cada una de las facultades indicadas en el Artículo Octavo, pacto constitutivo. Damas estipulaciones escritura extractada. Santiago a 15.01.2019.-