MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SAN JORGE LIMITADA

RUT 76125209-7 CVE 1532735
Capital
$570.000 CLP
Fecha instrumento
17 de diciembre de 2018
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de diciembre de 2018
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
10ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$570.000 CLP
Domicilio
Ciudad Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales otros puntos país o extranjero
Duración
5 años, renovables por períodos de dos años cada uno, a contar esta fecha

Objeto social

a) Efectuar inversiones en bienes muebles, corporales e incorporales, acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; b) Efectuar inversiones en bienes inmuebles, urbanos o rurales; administrarlos, enajenarlos; explotarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto, dividirlos, lotearlos, urbanizarlos, y efectuar construcciones en ellos; c) En general, ejecutar todos los actos y contratos necesarios para la ejecución del objeto de la sociedad y cualquier otra actividad que los socios acuerden

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la 10ª Notaría de Santiago, Agustinas 1235, Local 2, piso 1y2, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 17 de diciembre de 2018, ante mí, NICOLAS SANTIAGO GARCÍA-HUIDOBRO SWINBURN, ELISA GARCÍA-HUIDOBRO SWINBURN, ISABEL GARCÍA-HUIDOBRO SWINBURN, JORGE ALBERTO GARCÍA-HUIDOBRO LIRA, CAMILA GARCÍA-HUIDOBRO HARCHA, AMALIA GARCÍA-HUIDOBRO HARCHA, ANTONIA GARCÍA-HUIDOBRO HARCHA, todos domiciliados calle Regidor Gustavo Binder N°2101, Parque Industrial Anticura, comuna y ciudad de Osorno y de paso en ésta; modificaron la sociedad INVERSIONES SAN JORGE LIMITADA (Sociedad), inscrita a fojas 66.942 número 46.691, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2010, siguiente sentido: a) don NICOLAS SANTIAGO GARCÍA-HUIDOBRO SWINBURN, doña ELISA GARCÍA-HUIDOBRO SWINBURN, doña ISABEL GARCÍA-HUIDOBRO SWINBURN y don JORGE ALBERTO GARCÍA-HUIDOBRO LIRA, vienen en acordar un aumento de capital desde la actual suma de un millón de pesos, a la suma de quinientos sesenta millones de pesos, declarando aceptar que dicho aumento de capital sea suscrito íntegramente y pagado una parte en este acto mediante la capitalización de cuentas por cobrar que los actuales socios tienen en contra de la Sociedad hasta por la suma de veintinueve millones ochocientos mil pesos y mediante la capitalización de cuentas por cobrar que doña CAMILA GARCÍA-HUIDOBRO HARCHA, doña AMALIA GARCÍA-HUIDOBRO HARCHA, y doña ANTONIA GARCÍA-HUIDOBRO HARCHA tienen en contra de la Sociedad por la suma de ocho millones cuatrocientos mil pesos cada uno y mediante el aporte en dinero efectivo dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha que efectuara cada uno, los actuales socios don NICOLAS SANTIAGO GARCÍA-HUIDOBRO SWINBURN por la suma de setenta y cinco millones seiscientos mil pesos, doña ELISA GARCÍA-HUIDOBRO SWINBURN, por la suma de setenta y cinco millones seiscientos mil pesos, doña ISABEL GARCÍA-HUIDOBRO SWINBURN, por la suma de setenta y cinco millones seiscientos mil pesos, don JORGE ALBERTO GARCÍA-HUIDOBRO LIRA por la suma de cincuenta millones cuatrocientos mil pesos, doña CAMILA GARCÍA-HUIDOBRO HARCHA por la suma de setenta y cinco millones seiscientos mil pesos, doña AMALIA GARCÍA-HUIDOBRO HARCHA por la suma de setenta y cinco millones seiscientos mil pesos, y doña ANTONIA GARCÍA-HUIDOBRO HARCHA por la suma de setenta y cinco millones seiscientos mil pesos, quienes ingresan por esta vía a la Sociedad con la entera y total conformidad de los demás socios, reemplazando el artículo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de quinientos sesenta millones de pesos, que aportan y pagan los socios de la siguiente manera: a) don NICOLAS SANTIAGO GARCÍA-HUIDOBRO SWINBURN, aporta la suma de ochenta y cuatro millones de pesos, representativos del quince por ciento del capital social, de los cuales ocho millones cuatrocientos mil pesos ya están enterados en la caja social y la suma de setenta y cinco millones seiscientos mil pesos dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha; b) doña ELISA GARCÍA-HUIDOBRO SWINBURN aporta la suma de ochenta y cuatro millones de pesos, representativos del quince por ciento del capital social, de los cuales ocho millones cuatrocientos mil pesos ya están enterados en la caja social y la suma de setenta y cinco millones seiscientos mil pesos dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha; c) doña ISABEL GARCÍA-HUIDOBRO SWINBURN, aporta la suma de ochenta y cuatro millones de pesos, representativos del quince por ciento del capital social, de los cuales ocho millones cuatrocientos mil pesos ya están enterados en la caja social y la suma de setenta y cinco millones seiscientos mil pesos dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha; d) JORGE ALBERTO GARCÍA-HUIDOBRO LIRA, aporta la suma de cincuenta y seis millones de pesos, representativos del diez por ciento del capital social, de los cuales cinco millones seiscientos mil pesos ya están enterados en la caja social y la suma de cincuenta millones cuatrocientos mil pesos dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha; e) doña CAMILA GARCÍA-HUIDOBRO HARCHA aporta la suma de ochenta y cuatro millones de pesos, representativos del quince por ciento del capital social, de los cuales ocho millones cuatrocientos mil pesos ya están enterados en la caja social y la suma de setenta y cinco millones seiscientos mil pesos dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha; f) doña AMALIA GARCÍA-HUIDOBRO HARCHA aporta la suma de ochenta y cuatro millones de pesos, representativos del quince por ciento del capital social, de los cuales ocho millones cuatrocientos mil pesos ya están enterados en la caja social y la suma de setenta y cinco millones seiscientos mil pesos dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha y g) doña ANTONIA GARCÍA-HUIDOBRO HARCHA, aporta la suma de ochenta y cuatro millones de pesos, representativos del quince por ciento del capital social, de los cuales ocho millones cuatrocientos mil pesos ya están enterados en la caja social y la suma de setenta y cinco millones seiscientos mil pesos dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha”. b) transformar el régimen jurídico de la Sociedad, convirtiéndola en sociedad anónima cerrada pasando a ser “INVERSIONES SAN JORGE S.A.”, por lo que sus accionistas acuerdan fijar texto estatutos sociales de los cuales extracto lo siguiente: NOMBRE: “INVERSIONES SAN JORGE S.A.”; OBJETO: a) Efectuar inversiones en bienes muebles, corporales e incorporales, acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; b) Efectuar inversiones en bienes inmuebles, urbanos o rurales; administrarlos, enajenarlos; explotarlos y percibir sus frutos; pudiendo al efecto, dividirlos, lotearlos, urbanizarlos, y efectuar construcciones en ellos; c) En general, ejecutar todos los actos y contratos necesarios para la ejecución del objeto de la sociedad y cualquier otra actividad que los socios acuerden. CAPITAL: $570.000.000 dividido en 570.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado, en la forma indicada en la Artículo Primero Transitorio de los estatutos. DURACION: 5 años, renovables por períodos de dos años cada uno, a contar esta fecha. DOMICILIO: Ciudad Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales otros puntos país o extranjero sin perjuicio domicilios especiales pueda fijar para actos y contratos determinados. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 de enero de 2019.