Instrumento
- Fecha
- 14 de enero de 2019
- Notario
- LORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN
- Oficio
- Tercera Notaría de San Miguel
- Comuna
- San
Sociedad
- N. fantasía
- “CASA NIDO”. El objeto de la sociedad será: a) Guardería infantil; b) Comercializadora de artículos escolares; c) Comercializadora de frutos secos y confites; y, d) Cualquiera otra actividad que el o los accionistas acuerden y que diga relación o no con el giro, así como la ejecución de todos aquellos actos y contratos que tengan relación directa o indirecta con éste y que fueren convenientes para el cumplimiento de su
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN, Notario Público Titular Tercera Notaría de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera 2836-A, San Miguel, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 14 de enero de 2019, ante mí: EDUARDO ANTONIO BRANDAU LÓPEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero en administración de empresas con mención en administración pública, C.I.N°9.100.799-1 y CLAUDIA ANDREA DURÁN JERVES, chilena, casada y separada totalmente de bienes, psicóloga y psicopedagoga, C.I.N°12.863.390-1, ambos domiciliados en Primera Transversal N°6.174, comuna de San Miguel, constituyeron sociedad por acciones. Nombre: “BRANDAU DURÁN SpA”. Nombre de fantasía: “CASA NIDO”. El objeto de la sociedad será: a) Guardería infantil; b) Comercializadora de artículos escolares; c) Comercializadora de frutos secos y confites; y, d) Cualquiera otra actividad que el o los accionistas acuerden y que diga relación o no con el giro, así como la ejecución de todos aquellos actos y contratos que tengan relación directa o indirecta con éste y que fueren convenientes para el cumplimiento de su objeto social. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Capital: $3.000.000, dividido en 1.500 acciones nominativas, de una misma serie y valor, sin valor nominal ni preferencias de ninguna especie, que se suscribe y paga íntegramente en este acto, según consta en artículo primero transitorio escritura extractada. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 21 de enero de 2019.