AGRIGOLA SAN MATEO SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2018
- Comuna
- Santiago Patricio Raby Benavente
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, Abogado, Notario Titular 26ª Notaría, Huérfanos 835, 2º Piso, Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de 27 diciembre 2018, ante Notario Suplente Juan Ramón Venegas Morvan, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria Accionistas “AGRIGOLA SAN MATEO SpA.” celebrada 12 Diciembre 2018, en la cual se acordó: A) Aumentar capital social de $2.000.000.- dividido en 200 acciones nominativas, sin valor nominal a $77.000.000.- dividido en 250 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal. El aumento de capital de $75.000.000.- y las nuevas 50 acciones, se suscriben en su totalidad por accionista Marisol Jimena Bobadilla Olivares, previa cesión de la opción que le hicieron los restantes accionistas, de las cuales solo pago con fecha presente Junta, al contado y en dinero efectivo $60.000.000.- y saldo por $15.000.000.- será pagado por indicado accionista en dinero efectivo o en bienes muebles o inmuebles avaluados de conformidad a la ley, dentro plazo 3 años a contar fecha referida Junta Extraordinaria Accionista. B) En consecuencia, se modifican artículos Tercero y Primero Transitorio, estatutos sociales fijados por escritura pública 25 enero 2017, otorgada Notaria Santiago Patricio Raby Benavente, extracto inscrito fojas 12.303 Nº 6853 año 2017, Registro Comercio, Conservador Bienes Raíces Santiago, adecuándolos acuerdo anterior en siguiente sentido: B1) Artículo Tercero: Capital sociedad es la suma de $77.000.000.-, dividido en 250 acciones nominativas, iguales de una misma serie y sin valor nominal que se suscriben, enteran y pagan en forma y proporciones que se indica en los artículos transitorios. En conformidad a lo dispuesto en artículo 429 Código Comercio, accionistas limitan expresamente su responsabilidad personal por negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes en sociedad. Sociedad no emitirá láminas físicas de títulos acciones, sin perjuicio de anotaciones e inscripciones que en conformidad con artículo 431 Código Comercio deban efectuarse en Registro Accionistas pertinente y de certificaciones que podrá otorgar Gerente General a petición respectivo accionista. Todo accionista que desee vender o enajenar sus acciones estará obligado a ofrecerlas preferentemente a demás accionistas de sociedad, a prorrata de su titularidad accionaria y de acuerdo al procedimiento establecido en estos Estatutos. Si alguno de accionistas que permanece no quisiere comprar las acciones ofrecidas preferentemente, su cuota se distribuirá a prorrata entre los adquirentes efectivos. El precio venta de acciones será el que interesados determinen de común acuerdo, y a falta de acuerdo la transferencia se hará al valor libro de las acciones. B2) Artículo Primero Transitorio: Capital sociedad de $77.000.000.-, dividido en 250 acciones iguales, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan por Accionistas como sigue: (i) Eduardo Baldrich Niklitschek, 200 acciones suscritas y totalmente pagadas con anterioridad a esta fecha; (ii) Marisol Jimena Bobadilla Olivares, 50 acciones que fueron íntegramente suscritas y pagadas al contado con la suma de $60.000.000.- y se obliga a pagar $15.000.000.- en efectivo o en bienes muebles o inmuebles avaluados de conformidad a la Ley, dentro del plazo de tres años contados desde Junta Accionistas de fecha 12 diciembre 2018. En consecuencia, en forma indicada queda íntegramente suscrito y pagado capital social hasta por los valores recién indicados. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 16 enero 2018.