COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de agosto de 2019
- Repertorio
- 64-2019
- Notario
- EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA
- Domicilio
- San Miguel con asiento en La Cisterna
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, Notario Público Titular de San Miguel con asiento en La Cisterna, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número ocho mil ochocientos setenta y siete, comuna de La Cisterna, certifica: Por escritura pública del día 18 de enero de 6 de agosto de 2019, repertorio 64-2019, ante mí; don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad número nueve millones setecientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y nueve guion K, domiciliado en Pasaje Santa Águeda número tres mil trescientos cuarenta y nueve, comuna de La Florida; doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, chilena, soltera, comerciante, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos cuarenta y cinco mil ciento setenta y siete guion siete, domiciliada en Avenida Cerrillos número cuatro mil treinta, local cuatrocientos dieciséis, comuna de Pedro Aguirre Cerda; y don VÍCTOR NOE ROMERO MENA, chileno, soltero, guardia de seguridad, cédula nacional de identidad número diecisiete millones quinientos ocho mil cuatrocientos cincuenta y cinco guion K, domiciliado en Pasaje Santa Lucila sin número, Población El Esfuerzo, comuna de Requínoa, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA”, nombre de fantasía “EL ENCANTO LTDA”, rol único tributario setenta y seis millones doscientos trece mil ciento cinco guion seis, constituida por escritura pública de fecha dieciocho de mayo del año dos mil doce, otorgada en la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, ante el Notario Público Titular, don Eduardo Avello Concha, bajo el Repertorio número diez mil trescientos noventa y dos guion dos mil doce, y cuyo extracto se inscribió a fojas treinta y tres mil quinientos treinta y cuatro número veintitrés mil quinientos sesenta y tres, del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil doce y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, de fecha veintiséis de mayo de dos mil doce. Por medio del presente instrumento, doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos que le corresponden en la sociedad, equivalentes al diez por ciento del total de los derechos sociales al compareciente don VÍCTOR NOE ROMERO MENA, quien declara comprarlos para sí, a su entera conformidad, en el precio único y total de CUATROCIENTOS MIL PESOS que el comprador paga a la vendedora en este acto al contado y en dinero efectivo y que ésta declara recibir a su entera satisfacción, dándose por íntegramente pagado el precio, declarando las partes que nada se adeudan por ningún concepto. A su vez, don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, vende, cede y transfiere el setenta y dos por ciento de los derechos que le corresponden en la sociedad, equivalentes al ochenta por ciento del total de los derechos sociales al compareciente don VÍCTOR NOE ROMERO MENA, quien declara comprarlos para sí, a su entera conformidad, en el precio único y total de TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS que el comprador paga al vendedor en este acto al contado y en dinero efectivo y que éste declara recibir a su entera satisfacción, dándose por íntegramente pagado el precio, declarando las partes que nada se adeudan por ningún concepto. En consecuencia, la participación de los socios queda distribuida de la siguiente forma: don VÍCTOR NOE ROMERO MENA con el noventa por ciento de los derechos sociales, y don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, con el diez por ciento restante del haber social; dejando doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA de pertenecer a la sociedad. Además los socios modifican la escritura de constitución, acordando que la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio VÍCTOR NOE ROMERO MENA, quien podrá actuar con todas las facultades señaladas en la cláusula SÉPTIMA de la escritura de constitución de la sociedad, de fecha dieciocho de mayo del año dos mil doce, otorgada en la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, ante el Notario Público Titular, don Eduardo Avello Concha, bajo el Repertorio número diez mil trescientos noventa y dos guion dos mil doce, las que se tienen por completamente reproducidas. Capital social asciende a CUATRO MILLONES DE PESOS. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, 19 de enero de 2019. Evelyn Sánchez Tapia, Notario Público Titular.