CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE COMBUSTIBLES ESYCOM LTDA.

CVE 1531828
Fecha instrumento
9 de enero de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de enero de 2019
Notario
LUIS GONZALO NAVARRETE VILLEGAS
Domicilio
Valdivia

Sociedad

Domicilio
Cuidad de Valdivia
Duración
Comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años prorrogables en forma automática y por períodos de cinco años cada uno si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos seis meses, antes del fin del respectivo período

Objeto social

Compra, venta, importación, distribución y comercialización de todo tipo de combustibles y demás líquidos derivados del petróleo, lubricantes, aditivos y otros productos del rubro de vehículos motorizados, su instalación y prestación de servicios; Servicio Automotriz; servicio de Lavado; la explotación de toda clase de negocios o establecimientos de comercio, especialmente tiendas de convivencia, fuentes de soda, cafeterías, restaurantes, bazares, pizzerías, etcétera en inmuebles propios, en arriendo, en comodato o usufructo; la producción, elaboración, comercialización y distribución de toda clase de alimentos de cualquier tipo o naturaleza; celebrar convenios, actos y desarrollar actividades relacionadas con el objeto social en cualquiera de sus formas; la compraventa de artículos de tocador, cosméticas y en general, ejecutar los actos comerciales de su giro o de cualesquiera otro ramo que los socios acuerden y que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales.-Capital: treinta y ocho millones de pesos, que se entera y aporta por los socios en la siguiente forma: a) doña Rossana Mercedes Herrera Di Caro, la suma de Trescientos ochenta mil pesos, en dinero efectivo, equivalente al uno por ciento del capital social, cantidad que se encuentra ingresada a la caja social; y b) don Jorge Hernán Mella Parada, la suma de treinta y siete millones seiscientos veinte mil pesos, en dinero efectivo, equivalente al noventa y nueve por ciento del capital social, cantidad que se encuentra ingresada a la caja social

Administración

Corresponderá y el uso de la razón social, corresponderá a cualquiera de los socios indistintamente, quienes anteponiendo su firma a la razón social representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración, disposición y conservación, pudiendo efectuar todos los actos y contratos y convenciones de cualquier naturaleza, ya sea que se relacione directa o indirectamente con el objeto social o que sea necesario o conducente a la consecución de los fines de la sociedad que se hubiera propuesto, quienes la representarán con amplias facultades, señaladas en cláusula cuarta

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS GONZALO NAVARRETE VILLEGAS, abogado, Notario Público Titular de Valdivia, con oficio en Independencia Nº548, certifico: Por escritura pública suscrita con fecha 09 de Enero de 2019, ante mí, ROSSANA MERCEDES HERRERA DI CARO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, profesora, cédula nacional de identidad número ocho millones sesenta y ocho mil novecientos veintitrés guión tres, domiciliada en Los Lingues mil cien departamento trescientos dos condominio Los Lingues, isla teja de Valdivia y don JORGE HERNAN MELLA PARADA, chileno, divorciado, jubilado, cédula nacional de identidad número seis millones quinientos setenta y cuatro mil ciento treinta y cinco guión cero, domiciliado en Los Lingues mil cien departamento trescientos dos condominio Los Lingues, Isla Teja de Valdivia;; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: “SOCIEDAD DISTRIBUIDORA DE COMBUSTIBLES ESYCOM LTDA". Nombre de Fantasía “COMBUSTIBLES ESYCOM LTDA.”. Domicilio: Cuidad de Valdivia, sin perjuicio de abrir sucursales u oficinas, en otras ciudades de Chile o el extranjero. Objeto: Compra, venta, importación, distribución y comercialización de todo tipo de combustibles y demás líquidos derivados del petróleo, lubricantes, aditivos y otros productos del rubro de vehículos motorizados, su instalación y prestación de servicios; Servicio Automotriz; servicio de Lavado; la explotación de toda clase de negocios o establecimientos de comercio, especialmente tiendas de convivencia, fuentes de soda, cafeterías, restaurantes, bazares, pizzerías, etcétera en inmuebles propios, en arriendo, en comodato o usufructo; la producción, elaboración, comercialización y distribución de toda clase de alimentos de cualquier tipo o naturaleza; celebrar convenios, actos y desarrollar actividades relacionadas con el objeto social en cualquiera de sus formas; la compraventa de artículos de tocador, cosméticas y en general, ejecutar los actos comerciales de su giro o de cualesquiera otro ramo que los socios acuerden y que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales.-Capital: treinta y ocho millones de pesos, que se entera y aporta por los socios en la siguiente forma: a) doña Rossana Mercedes Herrera Di Caro, la suma de Trescientos ochenta mil pesos, en dinero efectivo, equivalente al uno por ciento del capital social, cantidad que se encuentra ingresada a la caja social; y b) don Jorge Hernán Mella Parada, la suma de treinta y siete millones seiscientos veinte mil pesos, en dinero efectivo, equivalente al noventa y nueve por ciento del capital social, cantidad que se encuentra ingresada a la caja social.- Administración: Corresponderá y el uso de la razón social, corresponderá a cualquiera de los socios indistintamente, quienes anteponiendo su firma a la razón social representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración, disposición y conservación, pudiendo efectuar todos los actos y contratos y convenciones de cualquier naturaleza, ya sea que se relacione directa o indirectamente con el objeto social o que sea necesario o conducente a la consecución de los fines de la sociedad que se hubiera propuesto, quienes la representarán con amplias facultades, señaladas en cláusula cuarta. Duración: Comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años prorrogables en forma automática y por períodos de cinco años cada uno si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos seis meses, antes del fin del respectivo período.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Valdivia, 09 de Enero de 2019.-