MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

PARQUE EÓLICO TOPOLOA SpA

CVE 1531869
Fecha instrumento
28 de diciembre de 2018
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de diciembre de 2018
Comuna
Santiago

Objeto social

Administración

Sin perjuicio de las materias que correspondan a la Junta de Accionistas, o a la totalidad de los accionistas actuando conjuntamente, el uso de la razón social, la administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá a Norgener Renovables SpA, quien la ejercerá mediante sus apoderados y representantes legales ordinarios vigentes, los cuales para todos los efectos legales la representarán con las mismas facultades y en los mismos términos con que se encuentran facultados para representar a Norgener Renovables SpA, sin necesidad de que se otorgue escritura pública adicional alguna. De igual forma, Norgener Renovables SpA podrá designar también mandatarios mediante escritura pública. Estos mandatarios podrán ser sustituidos al criterio exclusivo de Norgener Renovables SpA, cuantas veces se quiera. El administrador y los mandatarios designados por éste en la forma antes indicada, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente, con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Titular de la 33a Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2018, otorgada ante mí, NORGENER RENOVABLES SpA domiciliada para estos efectos en Rosario Norte número 532, piso 19, comuna de Las Condes, único y actual accionista de PARQUE EÓLICO TOPOLOA SpA (en adelante, la “Sociedad”), la que se encuentra inscrita a fojas 98.621, número 50.665 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2018, acordó modificar la administración de la Sociedad, y sustituir el artículo octavo de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO OCTAVO: Administración. Sin perjuicio de las materias que correspondan a la Junta de Accionistas, o a la totalidad de los accionistas actuando conjuntamente, el uso de la razón social, la administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá a Norgener Renovables SpA, quien la ejercerá mediante sus apoderados y representantes legales ordinarios vigentes, los cuales para todos los efectos legales la representarán con las mismas facultades y en los mismos términos con que se encuentran facultados para representar a Norgener Renovables SpA, sin necesidad de que se otorgue escritura pública adicional alguna. De igual forma, Norgener Renovables SpA podrá designar también mandatarios mediante escritura pública. Estos mandatarios podrán ser sustituidos al criterio exclusivo de Norgener Renovables SpA, cuantas veces se quiera. El administrador y los mandatarios designados por éste en la forma antes indicada, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente, con el objeto social.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 28 de Diciembre del 2018.