Agrícola y Ganadera Ortzaize SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de enero de 2019
- Repertorio
- 1210-2019
- Notario
- Eduardo Diez Morello
- Oficio
- 34 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad y comuna de Río Bueno
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La explotación del negocio agrícola y)o ganadero, incluyéndose –pero no limitándose a- la compraventa y explotación de ganado, su crianza y reproducción. En predios propios o ajenos
Administración
será ejercida indistintamente por don Pablo Ignacio Reyes Assef y)o por don Jorge Ricardo Reyes Caminondo, quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEduardo Diez Morello, Notario Público Titular de la 34 Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 17 de Enero de 2019, Repertorio N° 1.210-2019, ante mí, don Pablo Ignacio Reyes Assef, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad N° 17.201.245-0, con domicilio en calle Coronel 2366, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, constituye sociedad por acciones: Nombre: “Agrícola y Ganadera Ortzaize SpA”. Domicilio: Ciudad y comuna de Río Bueno, sin perjuicio de que pueda establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: La explotación del negocio agrícola y/o ganadero, incluyéndose –pero no limitándose a- la compraventa y explotación de ganado, su crianza y reproducción. En predios propios o ajenos. Capital: $10.000.000 (diez millones de pesos), dividido en 1.000 acciones, ordinarias, de una única serie y sin valor nominal, que se suscriben de la siguiente forma: a) don Pablo Ignacio Reyes Assef, suscribe un total de 1.000 acciones a un valor de $10.000.000, que representan el 100% del total de las acciones y deberán ser pagados según las necesidades sociales. Duración: Indefinida. Administración: será ejercida indistintamente por don Pablo Ignacio Reyes Assef y/o por don Jorge Ricardo Reyes Caminondo, quienes podrán actuar por la sociedad según facultades que se señalan en escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 17 de ENERO DE 2019.