CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Sociedad de Administración, Compra-Venta y Arriendos, Tapia Díaz SpA

RUT 14118841-0 CVE 1531616
Capital
$1.000 CLP
Notaría
Calama

Instrumento

Notario
ALEJANDRO GEMMEL MARTÍNEZ
Oficio
3° Notaría Calama
Comuna
Calama

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO GEMMEL MARTÍNEZ, Notario Público Titular 3° Notaría Calama, con oficio en Vargas N° 2209, certifica: Que, por escritura pública de hoy, ante mí, PABLO IGNACIO ESCOBAR TOMBOLINI, chileno, casado, abogado, cédula de identidad 14.118.841-0, con domicilio en Calama, calle Trapiche 715, Villa Caspana, en representación doña Patricia Margarita Tapia Díaz, chilena, casada, de profesión dueña de casa, Cédula Nacional de Identidad número ocho millones cincuenta y siete mil novecientos cuarenta y siete guion cero, con domicilio en calle Dinamarca numero tres mil cuatrocientos cincuenta y dos población Independencia, comuna de Calama; Irene Del Carmen Tapia Díaz, Chilena, casada, de Profesión dueña de casa, Cédula Nacional de Identidad número nueve millones setecientos once mil doscientos sesenta y tres guión cero , con domicilio en calle Escocia numero dos mil quinientos veintidós, de la comuna de Calama; Juana Isabel Tapia Díaz Chilena, soltera, dependiente, Cédula Nacional de Identidad número diez millones cuatrocientos sesenta y siete mil cuatrocientos sesenta y seis guión seis, con domicilio en calle Finlandia numero dos mil trescientos ochenta y uno, de la comuna de Calama; Eduardo Wilfredo Tapia Díaz Chileno, Divorciado, de profesión, constructor civil, Cédula Nacional de Identidad número nueve millones ochocientos treinta y ocho mil seiscientos veinte guión tres, con domicilio en calle España numero tres mil trescientos sesenta y uno, de la comuna de Calama; Ramón Andrés Tapia Díaz, Chileno, casado, de profesión dependiente, cedula Nacional de identidad número doce millones ciento siete mil dos guión dos, con domicilio en calle Dinamarca tres mil cuatrocientos cincuenta y dos población independencia de la comuna de Calama; expone: Que, con fecha 26.09.2018, ante este oficio notarial se suscribió constitución de “SOCIEDAD DE ADMINISTRACIÓN, COMPRA-VENTA Y ARRIENDOS, TAPIA DIAZ SPA”.-Publicada en el diario oficial con fecha 09 de Noviembre de 2018, N° 42.200, con un CAPITAL inicial de $1.000.000 de pesos, más los derechos de las patentes comerciales que le corresponden a cada uno de los socios. Qué, tanto escritura pública de la referida constitución Social, como su extracto no fueron inscritos en el Registro de Comercio dentro del plazo legal estipulado para ello.- Tal omisión constituye un vicio formal de acuerdo a lo señalado por la Ley 19.499, acogiéndose a las disposiciones contenidas en el artículo 1° incisos 1°, 3° Y 5° y artículo 3° de la citada Ley, viene en sanear la nulidad derivada del vicio formal ya referido, además viene en complementar que el aporte fue Enterado, suscrito y Pagado en un 100% por cada uno de los socios.Demás cláusulas escritura extractada.- Calama, Enero 17 de 2019.