Sociedad Club Náutico Puerta del Sol S.A.
Instrumento
- Fecha
- 7 de diciembre de 2018
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $22.717.060 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico, que por escritura publica de fecha 07 de Diciembre de 2018, otorgada ante mí Suplente doña Juana Irene Tatiana Godoy Herrera. se redujo a escritura pública el ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD CLUB NAUTICO PUERTA DEL SOL S.A. celebrada el veintitrés de mayo del dos mil dieciocho por la cual se acuerda por mayoría de los accionistas presentes con derecho a voto: uno.-) Modificar cada uno de los artículos del estatuto social referidos en la Junta, en los mismos términos propuestos, y, Dos.-) Fijar un texto refundido de los estatutos sociales, el que incluye las modificaciones aprobadas, las que no son materia de extracto salvo lo relativo al capital, reemplazando el Artículo CUARTO relativo al Capital Social e introduciendo un nuevo artículo, referente a no emitir acciones. “ARTICULO CUARTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $22.717.060.-, dividido en CINCUENTA Y TRES acciones nominativas, iguales, de una misma serie, sin valor nominal y totalmente suscritas y pagadas.”; En resumen ARTÍCULO QUINTO señala: La sociedad no emitirá acciones, bastando a su respecto su debida anotación en el Registro de Accionistas que deberá llevar la sociedad... La sociedad no reconoce ni admite fracciones de acciones. En caso que una o más acciones pertenezcan en común a dos o más personas, sus dueños deberán designar un apoderado común para que actúe por ellos ante la sociedad". Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de Enero de 2019.