CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD CLINICA LAKSMI SpA

RUT 19482887-K CVE 1531052
Fecha instrumento
2 de enero de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
2 de enero de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
ARTÍCULO PRIMERO:

Objeto social

La sociedad tiene por

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderá a doña FERNANDA BELEN ASTORGA POBLETE, ya individualizada, quien anteponiendo su firma a la Razón Social, la obligarán en la forma más amplia posible, con facultades indicada en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Titular de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1070, piso 2, certifica: Por escritura pública de 02.01.2019 REP 63, otorgada ante mí, doña FERNANDA BELEN ASTORGA POBLETE, chilena, casada con separación de bienes, empresaria, C.I.19.482.887-K, domiciliada para estos efectos en calle Manquehue número cinco mil noventa, piso veintidos, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituye Sociedad por acciones, cuyo estatuto es el siguiente; “SOCIEDAD CLINICA LAKSMI SpA.” de acuerdo a lo dispuesto en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, cuyos estatutos son los siguientes: “ESTATUTOS SOCIEDAD CLINICA LAKSMI SpA”. CAPÍTULO PRIMERO. NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN. ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRE: El nombre de la sociedad es “SOCIEDAD CLINICA LAKSMI SpA.”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “CLINICA LAKSMI SpA.” ARTÍCULO SEGUNDO: DOMICILIO. El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero. ARTÍCULO TERCERO: OBJETO. La sociedad tiene por objeto: A) La prestación de servicios médicos, la atención médica y dental en clínicas, hospitales y consultas, sean propias o ajenas, en las especialidades de cirugía general, cirugía plástica y cirugía maxilofacial, asesoría, consultoría, investigación y la creación y mantención de centros médicos y clínicas. B) Arriendo de bienes muebles o inmuebles, sea por cuenta propia o de terceros, propios o arrendados. C)También tendrá por objeto la sociedad, la realización de inversiones en todos clases de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales. ARTÍCULO CUARTO: Duración. La sociedad tendrá una duración indefinida. CAPÍTULO SEGUNDO. CAPITAL Y ACCIONES. ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es de dos millones de pesos, dividido en doscientas acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El capital social se suscribe y paga en la forma que se indica en el artículo tercero transitorio de esta escritura. Todas las acciones serán ordinarias y conformarán una serie única, gozando de iguales derechos desde el momento en que se encuentran íntegramente pagadas.. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponderá a doña FERNANDA BELEN ASTORGA POBLETE, ya individualizada, quien anteponiendo su firma a la Razón Social, la obligarán en la forma más amplia posible, con facultades indicada en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 09 de enero de 2019.