CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LOGISTICA Y TRANSPORTES NACIONAL LIMITADA

RUT 10941210-4 CVE 1531056
Capital
$15.000 CLP
Fecha instrumento
21 de diciembre de 2018
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de diciembre de 2018
Notario
JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO
Domicilio
domiciliado en Temuco calle Prat Nº 770

Sociedad

Capital
$15.000 CLP
Domicilio
La cuidad de Temuco.- Socios limitan responsabilidad hasta concurrencia de aportes respectivos.- Demás pactos constan de escritura extractada.- Se facultó al portador para requerir inscripciones.- Conforme
Duración
Sociedad tendrá vigencia de 10 años contados desde fecha escritura, prorrogables
Ley aplicable
ley 3.918

Objeto social

El objeto de la sociedad será el transporte de todo tipo de mercaderías y de toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros, por cuenta propia o por encargo; el transporte de pasajeros; compra y venta de materias primas; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y cualquier otro negocio que acordaren los

Administración

La administración y uso razón social corresponderá a don MILTON GERARDO ZUÑIGA PRADENAS y a doña MACARENA ANDREA TORO PASTENES, contadora, run 15.562.253-9, domiciliada en el Pasaje Valle de San Pedro N° 3079 de la ciudad de Temuco, conjunta, separada e indistintamente, con las excepciones que se señalan en la escritura

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público titular, domiciliado en Temuco calle Prat Nº 770, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2018, otorgada ante mil suplente don Rodrigo Sanhueza Ríos, señores don MILTON GERARDO ZUÑIGA PRADENAS, transportista, soltero, run 10.941.210-4, domiciliado en calle Tirso de Molina N° 05180 de la ciudad de Temuco; don YERKO ALEJANDRO PACHECO NOCHES, transportista, soltero, run 18.427.319-5, con domicilio en Ruta Interlagos 546, ciudad de los Lagos de la comuna de Puyehue y don JAVIER EDUARDO CENDOYA MANSILLA, transportista, soltero, run 15.874.761-8, en representación de TRANSPORTES JAVIER EDUARDO CENDOYA MANSILLA E.I.R.L., del giro de su denominación, rut 76.767.711-1, ambos domiciliados en calle Arturo Prat N° 400 de la ciudad de Ancud; de paso en esta, constituyeron sociedad responsabilidad limitada, conforme ley 3.918 y modificaciones. RAZON SOCIAL: “LOGISTICA y TRANSPORTES NACIONAL LIMITADA”, pudiendo actuar como “TRANS NACIONAL LTDA”.- ADMINISTRACION: La administración y uso razón social corresponderá a don MILTON GERARDO ZUÑIGA PRADENAS y a doña MACARENA ANDREA TORO PASTENES, contadora, run 15.562.253-9, domiciliada en el Pasaje Valle de San Pedro N° 3079 de la ciudad de Temuco, conjunta, separada e indistintamente, con las excepciones que se señalan en la escritura.- CAPITAL SOCIAL: $15.000.000 que se enteran en la forma señalada en la escritura.- OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será el transporte de todo tipo de mercaderías y de toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros, por cuenta propia o por encargo; el transporte de pasajeros; compra y venta de materias primas; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- VIGENCIA: Sociedad tendrá vigencia de 10 años contados desde fecha escritura, prorrogables.- DOMICILIO SOCIAL: La cuidad de Temuco.- Socios limitan responsabilidad hasta concurrencia de aportes respectivos.- Demás pactos constan de escritura extractada.- Se facultó al portador para requerir inscripciones.- Conforme. Temuco, 16 de diciembre de 2019.