Confecciones Industriales SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2018
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $15.706.347.854 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2ª Notaría Santiago, Oficio Amunategui N° 73, Santiago, certifica: Por e scritura pública 31/12/2018, ante el Notario Suplente, don ROBERTO PUGA PINO; INVERSIONES FALABELLA LIMITADA, domiciliada para estos efectos en Manuel Rodríguez Norte N° 730 , comuna y ciudad de Santiago, modificó “CONFECCIONES INDUSTRIALES SpA”, inscrita a Fs.: 35.259 N° : 24.218 del Registro d e Comercio del CBR de Santiago correspondiente año 2008, en el siguiente sentido: 1) Se aumenta capital de $15.706.347.854.- a $22.205.697.854.-, lo que implica un aumento de capital efectivo ascendente a $6.499.350.000-. 2) Que el actual y único accionista, esto es, Inversiones Falabella Limitada, suscribió y pagó el aumento de capital, mediante la capitalización con fecha 27/12/2018 de la cuenta por cobrar que mantenía a esa fecha en contra de CONFECCIONES INDUSTRIALES SpA, avaluada por el accionista en el mismo monto en que se aumenta el capital. 3) A consecuencia de lo anterior, actual y único accionista acuerda lo siguiente: A) Remplazar Artículo Cuarto de estatutos sociales, por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: Capital y Acciones.- El capital de la sociedad asciende a la suma de veintidós mil doscientos cinco millones seiscientos noventa y siete mil ochocientos cincuenta y cuatro pesos, dividido en sesenta y cinco millones trescientos setenta y cinco mil ochocientos noventa y ocho acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, por su actual y única accionista, Inversiones Falabella Limitada”.; B) Eliminar el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales. 4) El accionista reitera que responsabilidad se mantiene limitada hasta monto de respectivo aporte. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03/01/2018.