SOCIEDAD INVERSIONES SANTA CRISTINA LIMITADA
Instrumento
- Notario
- María Pilar Gutiérrez Rivera
- Oficio
- 18 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será realizar inversiones en toda clase de negocios e instrumentos financieros, bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, predios rústicos o urbanos, explotarlos, lotearlos y subdividirlos, construir en ellos, administrarlos y percibir sus frutos, por cuenta propia o ajena; la inversión, adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; invertir en otras personas jurídicas incluyendo la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones; cualquiera que sea su naturaleza o
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Bandera Nº 341, oficina 857, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha veintisiete diciembre de 2018, ante la Notario Interino doña Maria Loreto Zaldivar Grass, don TOMAS FRANCISCO URETA VERGARA, domiciliado en calle Avenida Cachapoal número mil ciento setenta y nueve, comuna de Rancagua, y de paso en esta, y doña MARÍA DEL PILAR VILLASECA CONCHA, domiciliada en calle Camino piedra roja número mil cuatrocientos treinta y siete Comuna de Las Condes, Santiago, acordaron modificar la “SOCIEDAD INVERSIONES SANTA CRISTINA LIMITADA”, inscrita a fojas 11.346 número 9.399 del Registro Comercio de Santiago, correspondiente al año 2002; I.- Venta y Cesión de Derechos Sociales: doña MARIA DEL PILAR VILLASECA CONCHA vende, cede y transfiere a la sociedad “COMERCIAL UV SpA”, la totalidad de sus derechos sociales correspondientes al 20% de la “SOCIEDAD INVERSIONES SANTA CRISTINA LIMITADA”, quien los compra, acepta y adquiere, por medio de su representante legal.- II.- Retiro socios.- Como consecuencia de las cesiones de derechos efectuadas precedentemente, se retira como socia de la “SOCIEDAD INVERSIONES SANTA CRISTINA LIMITADA” doña MARIA DEL PILAR VILLASECA CONCHA. III.-. Ingreso de socios: Se incorpora como nuevo socio de la “SOCIEDAD INVERSIONES SANTA CRISTINA LIMITADA”, la sociedad “COMERCIAL UV SpA”; IV.- Modificación Cláusula Capital: Como consecuencia de lo anterior, los socios acuerdan modificar el artículo del capital, el cual queda expresado con el tenor siguiente: “Capital. El capital social será la suma de $5.000.000, distribuido entre sus socios en las siguientes cantidades y proporciones: /i don TOMAS FRANCISCO URETA VERGARA con la suma de $4.000.000, equivalente al 80% de los derechos sociales; ii) la sociedad “Comercial UV SpA” con la suma de $1.000.000, equivalente al restante 20% de los derechos sociales, I. Transformación. Socios acordaron transformar la “SOCIEDAD INVERSIONES SANTA CRISTINA LIMITADA”, de la cual sus únicos y actuales socios son don TOMAS FRANCISCO URETA VERGARA y la sociedad COMERCIAL UV SpA, en una sociedad por acciones denominada “SANTA CRISTINA SpA”. II. Estatutos sociales SANTA CRISTINA SpA. I. Nombre: “SANTA CRISTINA SpA”; II. Objeto: El objeto de la sociedad será realizar inversiones en toda clase de negocios e instrumentos financieros, bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, predios rústicos o urbanos, explotarlos, lotearlos y subdividirlos, construir en ellos, administrarlos y percibir sus frutos, por cuenta propia o ajena; la inversión, adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; invertir en otras personas jurídicas incluyendo la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones; cualquiera que sea su naturaleza o giro. Para cumplir con su objeto la sociedad podrá realizar cualquier acto de comercio o negocio que los socios acuerden dentro del giro; III. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y valor, y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones constan de escritura extractada, y en todo lo no modificado quedan plenamente vigentes estatutos sociales. Santiago, 15 de enero, 2019.