MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA LOS GIRASOLES LIMITADA

RUT 78636720-4 CVE 1530326
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de octubre de 2018

Instrumento

Fecha
30 de octubre de 2018

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Loreto Zaldivar Grass, notario interino de la 18ª notaría de Santiago, domiciliada en Bandera 341, oficina 857, de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 30 de octubre de 2018, ante mí, i) don JOSÉ MANUEL CRUZ GUZMÁN; y, ii) doña MARÍA PATRICIA ALEJANDRA VALDÉS PEREIRA domiciliados en Camino Los Trapenses número cuatro mil setecientos cincuenta y uno, comuna de Lo Barnechea; ciudad de Santiago, Región Metropolitana, acordaron modificación de “SOCIEDAD AGRÍCOLA LOS GIRASOLES LIMITADA”, sociedad inscrita a fs. 6.831, Nº 5.503, del Registro de Comercio de Santiago, año 1995. I. Fusión Sociedades: Los socios acordaron la fusión de la SOCIEDAD AGRÍCOLA CRUZ VARAS LIMITADA, inscrita a Fs. 13.286, Nº 10.677 del Registro Comercio Santiago, año 1999, como la absorbida, en SOCIEDAD AGRÍCOLA LOS GIRASOLES LIMITADA, como la sociedad continuadora o absorbente. II. Disolución. Con motivo de la fusión antes indicada se disuelve SOCIEDAD AGRÍCOLA CRUZ VARAS LIMITADA, sin proceder su liquidación por cuanto es sucedida en todos sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente. III.- Aumento de Capital. Considerando uno de los efectos de la Fusión, se aumenta el capital de la sociedad continuadora a la suma de $3.000.000, el que se encuentra íntegramente pagado por los socios. IV. Capital: Como consecuencia de la escritura extractada, Socios dan cuenta que el capital Social asciende a $3.000.000 íntegramente pagado por sus socios en las siguientes cantidades y proporciones: i) don / don Jose Manuel Cruz Guzmán, con $2.239.511, equivalentes al 74,65% de los derechos sociales; y, ii) doña María Patricia Alejandra Valdés Pereira, con $760.489, equivalentes al 24,35% restante de los derechos sociales. Los socios declaran limitada su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre 2018.