INVERSIONES CERRO ALEGRE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de diciembre de 2018
- Notario
- EDUARDO AVELLO CONCHA
- Oficio
- 27º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la inversión y las asesorías en los rubros específicos relativos a: a) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, especialmente acciones y derechos sociales; b) La adquisición, enajenación, administración y explotación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o ajena; c) La prestación de servicios y el otorgamiento de asesorías y consultorías en materias relacionadas con la tecnología, investigación, explotación y)o producción, referidas a toda clase de empresas industriales;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO AVELLO CONCHA, abogado, Notario Público Titular 27º Notaría de Santiago, con oficio calle Orrego Luco 0153, Providencia Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 20 de Diciembre de 2018, ante mi Suplente doña Margarita Moreno Zamorano, doña Carmen Navarro Haeussler, chilena, casada y separada totalmente de bienes, educadora de párvulos, cédula nacional de identidad N°6.377.417-0, domiciliada en calle Lavándulas N°10.869, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; la sociedad Inversiones Montjuic SpA, rol único tributario N°76.178.438-2 representada por don Diego Labra Navarro, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N°9.329.871-3, ambos domiciliados para estos efectos en calle Las Lavándulas N°10.869, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; la sociedad Inversiones Santa Adela SpA, rol único tributario N°76.178.468-4, representada por doña María Sofía Labra Navarro, chilena, casada y separada totalmente de bienes, fotógrafa, cédula nacional de identidad N°15.383.842-9, ambos domiciliados para estos efectos en calle Las Lavándulas N°10.869, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; la sociedad Inversiones Chimkowe SpA, rol único tributario 76.178.439-0, representada por doña Josefina Labra Navarro, chilena, casada y separada totalmente de bienes, historiadora, cédula nacional de identidad N° 15.642.362-9, ambos domiciliados para estos en calle Las Lavándulas N°10.869, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; la sociedad Inversiones Raiquén SpA, rol único tributario N°76.178.428-5, representada por don Javier Alfonso Labra Navarro, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad N°17.089.064-7, ambos domiciliados para estos efectos en calle Las Lavándulas N°10.869, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; la sociedad Inversiones Torina SpA, rol único tributario N°76.178.445-5, representada por don Patricio José Labra Navarro, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula de identidad N°9.329.872-1, ambos domiciliados para estos efectos en calle Las Lavándulas N°10.869, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES CERRO ALEGRE LIMITADA, inscrita a fojas 73.134, N°53.474 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2011, en el siguiente sentido: UNO) Transforman en una Sociedad por Acciones, fijando texto refundido de sus estatutos, cuyos aspectos más relevante son: Nombre: “Inversiones Cerro Alegre SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “Cerro Alegre SpA”; Domicilio: El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que pueda establecer en el país o en el extranjero; Objeto: El objeto de la sociedad será la inversión y las asesorías en los rubros específicos relativos a: a) La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, especialmente acciones y derechos sociales; b) La adquisición, enajenación, administración y explotación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o ajena; c) La prestación de servicios y el otorgamiento de asesorías y consultorías en materias relacionadas con la tecnología, investigación, explotación y/o producción, referidas a toda clase de empresas industriales; Duración: Indefinida; Capital: El capital de la sociedad es la suma de cuatro mil quinientos cuatro millones quinientos cuatro mil quinientos cinco pesos dividido en cuatro mil quinientos cuatro millones quinientos cuatro mil quinientos cinco acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la forma señalada en el artículo primero transitorio; Artículo Primero Transitorio: El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente Estatuto, es la suma de cuatro mil quinientos cuatro millones quinientos cuatro mil quinientos cinco pesos dividido en cuatro mil quinientos cuatro millones quinientos cuatro mil quinientos cinco acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el que se suscribe y paga de la siguiente manera: a) Doña CARMEN NAVARRO HAEUSSLER, suscribe y paga cuatro millones quinientos cuatro mil quinientos cinco acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal con cargo al aporte enterado en la sociedad de responsabilidad limitada de cuya transformación ha nacido la sociedad por acciones; b) INVERSIONES MONTJUIC SpA, suscribe novecientas millones de acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que se obliga a enterar dentro un año contado desde el otorgamiento de la presente escritura; c) INVERSIONES SANTA ADELA SpA, suscribe novecientas millones de acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que se obliga a enterar dentro un año contado desde el otorgamiento de la presente escritura; d) INVERSIONES CHIMKOWE SpA suscribe novecientas millones de acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que se obliga a enterar dentro un año contado desde el otorgamiento de la presente escritura; e) INVERSIONES RAIQUÉN SpA, suscribe novecientas millones de acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que se obliga a enterar dentro un año contado desde el otorgamiento de la presente escritura; y f) INVERSIONES TORINA SpA, suscribe novecientas millones de acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que se obliga a enterar dentro un año contado desde el otorgamiento de la presente escritura. DOS) Luego de la transformación, los únicos y actuales accionistas dan cuenta que sólo doña Carmen Navarro Haeussler ha suscrito y pagado las acciones de la sociedad y que los accionistas INVERSIONES MONTJUIC SpA, INVERSIONES SANTA ADELA SpA, INVERSIONES CHIMKOWE SpA, INVERSIONES RAIQUÉN SpA, e INVERSIONES TORINA SpA no enteraron el capital en el plazo indicado cuando la sociedad era de sociedad de responsabilidad limitada, y que tampoco tienen la intención de pagar las acciones que cada uno ha suscrito respectivamente en este acto. En razón de ello, acuerdan reducir el capital a la suma efectivamente suscrita y pagada, esto es, de la suma de cuatro mil quinientos cuatro millones quinientos cuatro mil quinientos cinco pesos dividido en cuatro mil quinientos cuatro millones quinientos cuatro mil quinientos cinco acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal a la suma de cuatro millones quinientos cuatro mil quinientos cinco pesos dividido en cuatro millones quinientos cuatro mil quinientos cinco acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, quedando únicamente como accionista doña Carmen Navarro Haeussler, sustituyéndose, en consecuencia, el Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio de los estatutos como sigue: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de cuatro millones quinientos cuatro mil quinientos cinco pesos dividido en cuatro millones quinientos cuatro mil quinientos cinco acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la forma señalada en el artículo primero transitorio”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, según se establece en el artículo quinto del presente Estatuto, es la suma de cuatro millones quinientos cuatro mil quinientos cinco pesos, dividido en cuatro millones quinientos cuatro mil quinientos cinco acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, las cuales se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a este acto por doña CARMEN NAVARRO HAEUSSLER”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 enero 2019