Instrumento
- Fecha
- 14 de enero de 2019
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- 40 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
(a) El desarrollo, implementación, distribución y comercialización de software y todo tipo de plataformas digitales orientadas a la inversión inmobiliaria; (b) la prestación de servicios de publicidad, intermediación y corretaje de bienes inmuebles a través de todo tipo de medios y plataformas tecnológicas; (c) la prestación de servicios de asesoría y consultoría inmobiliaria, como también en el área de computación, el desarrollo de software, las tecnologías de la información, el tratamiento de datos, la publicidad y el marketing; (d) la celebración y ejecución de toda y cualquiera actividad relacionada directa o indirectamente con los objetos antes indicados; y, (e) la realización de toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y percepción de las rentas que deriven de las anteriores. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público, Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifico: Por escritura pública, otorgada hoy, ante mí, CRISTÓBAL IGNACIO DONOSO VALENZUELA y MAXIMILIANO JOSÉ ZAMBRA ECHEVERRÍA, constituyeron sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: Nombre: “FOCO SpA”. Objeto: (a) El desarrollo, implementación, distribución y comercialización de software y todo tipo de plataformas digitales orientadas a la inversión inmobiliaria; (b) la prestación de servicios de publicidad, intermediación y corretaje de bienes inmuebles a través de todo tipo de medios y plataformas tecnológicas; (c) la prestación de servicios de asesoría y consultoría inmobiliaria, como también en el área de computación, el desarrollo de software, las tecnologías de la información, el tratamiento de datos, la publicidad y el marketing; (d) la celebración y ejecución de toda y cualquiera actividad relacionada directa o indirectamente con los objetos antes indicados; y, (e) la realización de toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y percepción de las rentas que deriven de las anteriores. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Capital: $1.000.000.-, dividido en 1.000.- acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. En acto de constitución se suscriben y pagan 850 acciones, por un total de $850.000.-. Demás acciones deberán ser suscritas y pagadas en el plazo máximo de un año contado desde fecha escritura constitución Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de enero de 2019. A. MOZO.