CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD GASTRONOMIA LIMA SpA

CVE 1529747
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2018

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2018

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Titular de la ciudad de Santiago, Huérfanos Nº 835, segundo piso, Certifica: por escritura pública de fecha 27 de Diciembre del año 2018, ante el notario suplente don Juan Ramón Venegas Morvan, don GONZALO TAPIA CASANOVA, chileno, casado, empresario, cedula nacional de identidad número nueve millones ciento trece mil novecientos guion uno, domiciliado en Condominio Chicureo Dos, casa cincuenta y tres, comuna de Colina, Santiago, constituyó Sociedad por Acciones, cuyo contenido es el siguiente: Razón Social: “SOCIEDAD GASTRONOMIA LIMA SpA”,.- El objeto de la sociedad será la concesión, compra, arriendo y subarriendo de licencia para explotación de establecimientos, comercialización, distribución y expendio de comidas rápidas, además de restaurantes, bares y ramos similares, incluido el expendido de bebidas alcohólicas, alcohólicas y de fantasía; la comercialización, importación, exportación, compra, venta, producción, elaboración, representación, transformación, consignación y distribución ya sea por cuenta propia o ajena, de productos y subproductos relacionados con la gastronomía en todas sus formas, ya sea en estado natural, congelado y/o elaborado; la preparación de eventos y la presentación de espectáculos y de toda actividad conexa o relacionada y en general, cualquier otro negocio o actividad lícita que los socios acuerden. Capital: $5.000.000.-, suscritos y pagados en este acto. Este capital se dividió en 100 acciones, cuyo valor es de $50.000.-, cada una. Los títulos serán nominativos a nombre del único socio constituyente GONZALO TAPIA CASANOVA. La Administración de la sociedad y su Representación corresponderá a don GONZALO TAPIA CASANOVA con amplias facultades. La duración será indefinida. Domicilio Santiago. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Santiago, 11 de enero de 2019.