INVERSIONES CORPOZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de enero de 2019
- Notario
- María Pilar Gutiérrez Rivera
- Oficio
- 18 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 40 años, prorrogables por 10 años cada uno contados de la fecha de constitución
Objeto social
/a) la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de activos financieros, bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre estos; /b) El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros; c) el estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; d) la ejecución de obras civiles, construcciones, edificaciones, remodelaciones y la realización de obras en general; /e) la prestación de servicios de asesorías profesionales y técnicas en materias de ingeniera, financieras, económicas, gerenciales, comerciales, informáticas y administrativas, en todos sus ámbitos y características; el estudio, planificación, consultoría y ejecución de todo tipo de proyectos profesionales, industriales, de gestiones habitacionales, de ingeniería, de construcción, en proyectos inmobiliarios y otros similares; y /f) Realizar por cuenta propia o ajena, toda clase de actos, operaciones, o negocios mercantiles, de corretajes e inmobiliarios, quedando expresamente comprendido la importación, representación y exportación de toda clase de bienes, la prestación de todo tipo de servicios comerciales, la participación en todo tipo de sociedades y cualquier negocio o asunto que acuerden los
Administración
Corresponderá a don José Manuel Cordero Middleton y)o a doña María Luisa Pozo Almendras, quienes contará con amplias facultades de administración, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. En caso de fallecimiento, ausencia y)o impedimento definitivo de don José Manuel Cordero Middleton y de doña María Luisa Pozo Almendras, cuestión que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, con idénticas facultades, corresponderá a doña Constanza Gabriela Cordero Pozo, a doña María Luisa Cordero Pozo y a don José Manuel Cordero Pozo, quienes, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos contarán con las más amplias facultades de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Bandera Nº 341, oficina 857, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha veintisiete de diciembre de 2018, ante la Notario Interino doña Maria Loreto Zaldivar Grass,i) don José Manuel Cordero Middleton, domiciliado en Avenida Padre Hurtado Norte 2.541, departamento 34, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; ii) doña María Luisa Pozo Almendras, domiciliada en Avenida Padre Hurtado Norte 2.541, departamento 34, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; iii) doña Constanza Gabriela Cordero Pozo, domiciliada en Avenida Álvaro Casanova 355, casa B 02, comuna de Peñalolen, Región Metropolitana; iv) don José Manuel Cordero Pozo, domiciliado en calle Hamlet número 4.000, departamento 1.113, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y v) doña María Luisa Cordero Pozo, domiciliada en Camino El Olivero 3.992, Parcela 59, comuna de Talagante, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “INVERSIONES CORPOZ LIMITADA” pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “CORPOZ INVERSIONES LTDA”. Objeto: /a/ la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones o derechos en todo tipo fondos, sociedades, ya sean comerciales, civiles, comunidades o asociaciones, en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo realizar inversiones en toda clase de activos financieros, bienes muebles o inmuebles, y en general, la promoción de negocios sobre estos; /b/ El arrendamiento, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros; c) el estudio, promoción, participación, construcción, ejecución y desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios, en todas y cada una de sus fases; d) la ejecución de obras civiles, construcciones, edificaciones, remodelaciones y la realización de obras en general; /e/ la prestación de servicios de asesorías profesionales y técnicas en materias de ingeniera, financieras, económicas, gerenciales, comerciales, informáticas y administrativas, en todos sus ámbitos y características; el estudio, planificación, consultoría y ejecución de todo tipo de proyectos profesionales, industriales, de gestiones habitacionales, de ingeniería, de construcción, en proyectos inmobiliarios y otros similares; y /f/ Realizar por cuenta propia o ajena, toda clase de actos, operaciones, o negocios mercantiles, de corretajes e inmobiliarios, quedando expresamente comprendido la importación, representación y exportación de toda clase de bienes, la prestación de todo tipo de servicios comerciales, la participación en todo tipo de sociedades y cualquier negocio o asunto que acuerden los socios.- Capital: $10.000.000, el cual se pagará en dinero efectivo dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha, en las siguientes cantidades y proporciones: i) don José Manuel Cordero Middleton, con la suma de $400.000, equivalentes al 4% del capital social; ii) doña María Luisa Pozo Almendras, con la suma de $600.000, equivalentes al 6% del capital social; iii) doña Constanza Gabriela Cordero Pozo, con la suma de $3.000.000, equivalentes al 30% del capital social; y, iv) don José Manuel Cordero Pozo, con la suma de $3.000.000, equivalentes al 30% del capital social; v) doña María Luisa Cordero Pozo, con la suma de $3.000.000, equivalentes al 30% del capital social. Duración: 40 años, prorrogables por 10 años cada uno contados de la fecha de constitución. Administración: Corresponderá a don José Manuel Cordero Middleton y/o a doña María Luisa Pozo Almendras, quienes contará con amplias facultades de administración, pudiendo obligarla en toda clase de actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. En caso de fallecimiento, ausencia y/o impedimento definitivo de don José Manuel Cordero Middleton y de doña María Luisa Pozo Almendras, cuestión que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, con idénticas facultades, corresponderá a doña Constanza Gabriela Cordero Pozo, a doña María Luisa Cordero Pozo y a don José Manuel Cordero Pozo, quienes, actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos contarán con las más amplias facultades de administración. El o los administradores, en cada caso, actuando de la forma indicada y anteponiendo a sus firmas la razón social, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Socios declaran responsabilidad limitada al monto de sus aportes efectuados. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de Enero de 2019.