MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES AVM E HIJOS LIMITADA

RUT 76106629-3 CVE 1529938
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2018
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2018
Notario
María Virginia Wielandt Covarrubias
Oficio
titular de la 5 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Virginia Wielandt Covarrubias, Abogado, Notario Público suplente del titular de la 5 Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, domiciliados en Gertrudis Echeñique 30, of. 44, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2018, ante mí, don Armando Federico Valdivieso Montes, domiciliado en Avenida Camino Real número 3663 departamento 30, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; Inversiones Orientales S.A., domiciliada en Avenida Camino Real número 3663 departamento 30, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña María Olga Valdivieso Sánchez, domiciliada en Avenida Parque Golf número 10620, casa 106, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; don Armando José Valdivieso Sánchez, domiciliado en Avenida Parque Golf número 10620, casa 106, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; doña Isidora Valdivieso Sánchez, domiciliada en Avenida Camino Real número 3663 departamento 30, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y doña Agustina Valdivieso Sánchez, domiciliada en Avenida Camino Real número 3663 departamento 30, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; modificaron la sociedad “INVERSIONES AVM E HIJOS LIMITADA” (fs. 58662 N° 40851 Reg. Com. Stgo. 2009) aumentando el capital de la Sociedad desde la suma $5.000.000 a la suma de $6.200.000. Dicho aumento de capital de $1.200.000 se aportó y pagó íntegramente por el socio don Armando Federico Valdivieso Montes en el mismo y de contado, quedando en consecuencia íntegramente pagado e ingresado en caja social el referido aumento de capital. De acuerdo a la modificación anterior, los socios acordaron modificar la cláusula Quinta de los estatutos sociales, reemplazándolo íntegramente por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de seis millones doscientos mil pesos, que aportan y pagan los socios en la siguiente forma y proporciones: (i) don Armando Federico Valdivieso Montes, aporta la suma de tres millones setecientos cuarenta y cinco mil pesos, cantidad que se encuentra íntegramente pagada e ingresada en caja social, y que equivale al sesenta coma cuatro por ciento de los de derechos sociales; (ii) doña María Olga Valdivieso Sánchez, aporta la suma de seiscientos doce mil quinientos pesos, cantidad que se encuentra íntegramente pagada e ingresada en caja social, y que equivale al nueve coma ochenta y ocho por ciento de los de derechos sociales; (iii) don Armando José Valdivieso Sánchez, aporta la suma de seiscientos doce mil quinientos pesos, cantidad que se encuentra íntegramente pagada e ingresada en caja social, y que equivale al nueve coma ochenta y ocho por ciento de los de derechos sociales; (iv) doña Agustina Valdivieso Sánchez, aporta la suma de seiscientos doce mil quinientos pesos, cantidad que se encuentra íntegramente pagada e ingresada en caja social, y que equivale al nueve coma ochenta y ocho por ciento de los de derechos sociales; (v) doña Isidora Valdivieso Sánchez, aporta la suma de seiscientos doce mil quinientos pesos, cantidad que se encuentra íntegramente pagada e ingresada en caja social, y que equivale al nueve coma ochenta y ocho por ciento de los de derechos sociales; y (vi) la sociedad Inversiones Orientales S.A., aporta la suma de cinco mil pesos, cantidad que se encuentra íntegramente pagada e ingresada en caja social, y que equivale al cero coma cero ocho por ciento de los de derechos sociales. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes.”. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones no materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 10 de enero de 2019. María Virginia Wielandt Covarrubias. Notario Suplente.