MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DOMOS ARENA EVENTOS LIMITADA

RUT 76855676-8 CVE 1529715
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de enero de 2018

Instrumento

Fecha
19 de enero de 2018
Notario
EUGENIO CAMUS MESA
Domicilio
Puente Alto

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley N°20.494

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EUGENIO CAMUS MESA, Notario Público Puente Alto, Balmaceda 403, certifica escritura hoy, ante mí, MATIAS ANDREWS VIDAL, Girardi N°1236, Providencia, CRISTIAN ANDRES UGALDE DIAZ, Mosqueto N°562, depto. 34, Santiago, JERONIMO FELIPE IZQUIERDO ALMARZA, Luz N°3040, depto. 603, Las Condes y GUILLERMO DAVID ANDREWS ARIZTIA La Higuera N°32124, Lo Barnechea.- Modificaron sociedad comercial responsabilidad limitada “DOMOS ARENA EVENTOS LIMITADA” constituida 19/01/2018 en esta notaría inscribió extracto Reg Comer CBR Santiago, Fj. 6640, Nº3768, año 2018; publicada Santiago, Fj. 74.057, Nº38.055, año 2018; publicada Diario Oficial 28/09/2018.- Actuales Modificaciones I) A) MATIAS ANDREWS VIDAL, y CRISTIAN ANDRES UGALDE DIAZ venden, ceden y transfieren, parte de sus derechos correspondientes al 4% de los derechos sociales cada uno, en $1.600.000 a GUILLERMO DAVID ANDREWS ARIZTIA, compra y acepta para sí, paga en este acto contado, dinero efectivo. B) JERONIMO FELIPE IZQUIERDO ALMARZA vende, cede y transfiere, parte de sus derechos correspondientes al 2% de los derechos sociales en $400.000 a GUILLERMO DAVID ANDREWS ARIZTIA, compra y acepta para sí, paga en este acto contado, dinero efectivo. Conforme a lo anterior la sociedad queda conformada por MATIAS ANDREWS VIDAL, CRISTIAN ANDRES UGALDE DIAZ, y por GUILLERMO DAVID ANDREWS ARIZTIA, con el 30% del capital social c/u y JERONIMO FELIPE IZQUIERDO ALMARZA, con el 10% del capital social.- II) Administración, representación legal y uso de la razón social MATIAS ANDREWS VIDAL, y CRISTIAN ANDRES UGALDE DIAZ, ambos en forma conjunta y separadamente, mismas facultades.- En atención a lo anterior, se revoca en este acto todos los poderes que en el pacto social se le habían conferido a los anteriores socios o administradores.. III) Capital acreditado ante el notario que autoriza para efectos de la Ley N°20.494 es de $20.000.000.- Demás estipulaciones escritura social extractada. Puente Alto, 20 de Noviembre del 2018. Rep. N°3633.- CAPITAL ACREDITADO SOLO PARA EFECTOS DE LEY N°20.494: $20.000.000.-