Instrumento
- Fecha
- 4 de enero de 2019
- Comuna
- Santiago don R
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá un plazo de duración de 3 años, renovables tácitamente según escritura extractada
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
La administración y uso del nombre social corresponderá a don PEDRO OCTAVIO GAETE HERRERA, quien anteponiendo su respetiva firma a la razón o nombre social podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración establecidas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Suplente del Titular de la Décimo Quinta Notaria de Santiago don R. Alfredo Martin Illanes, con oficio en calle Santa Magdalena 98, Providencia, certifico: Que por escritura de fecha 4 de Enero de 2019, otorgada ante el Titular, PEDRO OCTAVIO GAETE HERRERA, domiciliado en calle Irarrázaval N° 3236 departamento E, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyó Sociedad por Acciones conforme extracto: Nombre: "DEL ROSARIO CORREDORES DE SEGUROS SpA”, con nombre de fantasía “DEL ROSARIO CORREDORES DE SEGUROS”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La intermediación remunerada de Contratos de Seguros Generales y Vida, la Asesoría Previsional prevista en el D.L. número tres mil quinientos, de mil novecientos ochenta, y sus modificaciones posteriores, con cualquier entidad aseguradora Nacional radicada en el País. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas de una misma serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito. Administración: La administración y uso del nombre social corresponderá a don PEDRO OCTAVIO GAETE HERRERA, quien anteponiendo su respetiva firma a la razón o nombre social podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración establecidas en escritura extractada. Vigencia: La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá un plazo de duración de 3 años, renovables tácitamente según escritura extractada. Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de enero de 2019.