TRANSPORTES VICTOR CARRASCO MUÑOZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de diciembre de 2018
- Repertorio
- 9367-2008
- Notario
- otorgada ante Francisco Santibáñez Yañez
- Domicilio
- adjunto del titular de Concepción Ramón García Carrasco
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRAMON GARCIA CARRASCO, Notario Titular Concepción, Rengo 444, Concepción, Certifico: Por escritura pública de fecha 10/12/2018, otorgada ante Notario Suplente don JOSE AGUSTIN DONOSO MUSIATE, don Víctor Hugo Carrasco Muñoz, 46 años, cédula de identidad 11.985.644-2, domiciliado en Pérez Rosales N° 312, Pedro del Río Zañartu, Concepción, ha procedido a sanear, conforme a las disposiciones de la Ley 19.499, la escritura pública de constitución de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada “TRANSPORTES, VENTAS A COMISIÓN VICTOR CARRASCO MUÑOZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, nombre de fantasía “TRANSPORTES DANRE E.I.R.L.”, Rol Único Tributario N° 76.042.665-2, otorgada ante Francisco Santibáñez Yañez, Notario Público adjunto del titular de Concepción Ramón García Carrasco, el 15 de octubre de 2008, Repertorio N° 9.367-2008, cuyo extracto se inscribió el 12 de diciembre de 2008, a Fojas 2.170 Número 2.170 del Registro de Comercio de Concepción del año 2008, y se publicó en extracto en el Diario Oficial 39.232 de fecha 9 de diciembre del año 2008. En virtud saneamiento debe tenerse por modificada la escritura pública de constitución referida, en los siguientes términos: En la cláusula SEGUNDA se cambia el nombre de la empresa, el cual en adelante será “TRANSPORTES VICTOR CARRASCO MUÑOZ EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, manteniendo el nombre de fantasía “TRANSPORTES DANRE E.I.R.L”.- Dos) En la cláusula TERCERA se modifica el objeto de la empresa el cual en adelante será “el transporte terrestre nacional e internacional de personas, carga, mercancías en general y toda clase de bienes muebles, sea por cuenta propia o de terceros, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros por medio de cualquier clase o tipo de vehículos motorizados..- En lo no modificado quedan vigentes todas las disposiciones de la escritura saneada, especialmente manteniendo el capital de la empresa en $3.000.000. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 14 de enero de 2019.