Sociedad Medica Aguancha Velasco Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de agosto de 2006
- Notario
- LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR
- Domicilio
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $10.500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, Notario Público Titular de Viña del Mar, con oficio en 12 Norte N° 785, piso 3, Edificio Pamplona, Viña del Mar, certifico: Por escritura pública de fecha tres de enero de 2019 ante mí: don IVAN DE JESÚS AGUANCHA SEGEBRE y doña SUSANA ANDREA VELASCO POBLETE ambos domiciliados en calle Pinares de Monte Mar numero cuatrocientos sesenta y dos casa quince comuna de Concón, vienen a modificar la sociedad “Sociedad Medica Aguancha Velasco Limitada”, Rut Tributario 76.648.470-0 I) la sociedad fue constituida con fecha 4 de Agosto de 2006 por escritura pública otorgada ante Notario de Viña del Mar doña ELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO, inscrita a fojas 1103 vuelta N°1265 del Registro de Comercio del año 2006 del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario Oficial N° 38.568 de 20 de Septiembre del año 2006. Modificaciones: Uno.- Por escritura Pública de fecha 23 de Diciembre del año 2014, modifican la clausula quinta de dicho pacto social, en cuanto aumentan el capital de la sociedad, quedando dicha clausula de la siguiente manera: Uno.- A) clausula quinta: El capital social es la suma de $10.500.000,que los socios aportan de la siguiente forma: SUSANA ANDREA VELASCO POBLETE la cantidad de $1.500.000 en dinero efectivo que ha ingresado en la Caja Social con anterioridad, IVAN DE JESÚS AGUANCHA SEGEBRE la cantidad $9.000.000 que ha enterado y entera de la siguiente forma: a) Con la suma de $1.500.000 en dinero efectivo que ha ingresado a la Caja Social con Anterioridad y b) .- Con la suma de $7.500.000 que entera en este acto en dinero efectivo) La Clausula Sexta del Pacto social modificado la responsabilidad de los socios y la distribución en las utilidades y perdidas entre los socios, quedando, CLAUSULA SEXTA: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Las utilidades y pérdidas se repartirán entre los socios en un70 por ciento doña Susana Andrea Velasco Poblete y 30 por ciento don Iván de Jesús de Aguancha Segebre. DOS.- Por el presente acto e instrumento, los comparecientes en su calidad de únicos y exclusivos socios “Sociedad Medica Aguancha Velasco Limitada” Modifican el estatuto social en el sentido: A) La clausula primera de dicho pacto social, en cuanto al domicilio, quedando siguiente forma: CLAUSULA PRIMERA: Su domicilio será la comuna de Concón, sin perjuicio de establecer, oficinas, agencias, y/o sucursales en otras ciudades o localidades, en el país o en el extranjero Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 11 de enero de 2019.