CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ORGANISMO TÉCNICO DE CAPACITACIÓN TLA CHILE LIMITADA

RUT 16124122-9 CVE 1529339
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de enero de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de enero de 2019
Notario
OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
Oficio
a cargo 31 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
La sociedad empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración de 5 años, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestase su voluntad de ponerle término al final del período que estuviese en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos seis meses, antes del fin del respectivo período.- En caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará con el socio sobreviviente y con los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar un procurador común para actuar ante la sociedad, mandatario que no tendrá la representación de la sociedad la que deberá radicarse en el socio sobreviviente

Objeto social

el objeto de la sociedad es la prestación se servicios de capacitación. Administración y uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular, a cargo 31 Notaría Santiago, Huérfanos N° 1055, local 328, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, don CAMILO ALONSO BENÍTEZ VARGAS, cédula nacional de identidad N° 16.124.122-9, domiciliado en San Antonio N° 427, oficina 714 de la comuna de Santiago, Región Metropolitana, y doña LUCIA DEL CARMEN VARGAS VEGA, , cédula nacional de identidad N° 9.494.079-6 domiciliada en San Antonio N° 427, oficina 714 de la comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad responsabilidad limitada, limitada al monto respectivos aportes. Razón Social: ORGANISMO TÉCNICO DE CAPACITACIÓN TLA CHILE LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso ante los bancos, el nombre de fantasía “TLA CHILE LTDA”.- Objeto Social: el objeto de la sociedad es la prestación se servicios de capacitación. Administración y uso razón social: La administración, representación y el uso de la razón social corresponde a ambos socios, quienes conjunta o separadamente y anteponiendo la razón social a sus firmas, representarán a la sociedad con las mas amplias facultades pudiendo válidamente obligarla para lo cual dispondrán de las siguientes facultades: según enumeración simplemente enunciativa y no taxativa que se pasa a señalar. Así el o los socios al ejercer la administración podrá representar y obligar a la sociedad en toda clase de actos, declaraciones y contratos ante cualesquiera persona, autoridad o institución, fundación o corporación de derecho público o privado; quedando facultado para celebrar y suscribir toda clase de contratos, documentos y escrituras públicas o privadas, con asociaciones, bancos y demás instituciones o personas naturales o jurídicas.- Capital: El capital social es la suma de $3.000.000.- que los socios aportan: de la siguiente manera: A.-) don CAMILO ALONSO BENÍTEZ VARGAS, aporta la suma de $1.500.000.-, suma que representa el 50% del capital social, en este acto, al contado y en dinero efectivo, quedando ingresados en la caja social a contar de esta fecha. B) Doña LUCIA DEL CARMEN VARGAS VEGA, aporta la suma de $1.500.000.-, suma que representa el 50% del capital social, y que se entera en este acto, al contado y en dinero efectivo, quedando ingresados en la caja social a contar de esta fecha. De esta forma queda enterado el capital de la sociedad en su integridad.- Vigencia: La sociedad empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración de 5 años, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestase su voluntad de ponerle término al final del período que estuviese en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, en el Registro de Comercio, con una anticipación de a lo menos seis meses, antes del fin del respectivo período.- En caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará con el socio sobreviviente y con los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar un procurador común para actuar ante la sociedad, mandatario que no tendrá la representación de la sociedad la que deberá radicarse en el socio sobreviviente.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de sucursales o agencias que pueda establecer en resto del país o extranjero.- Otras cláusulas constan escritura extractada.- Santiago, 3 de Enero de 2019.