CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MIRADAS, CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL LIMITADA

CVE 1529271
Capital
$1.000.000 CLP
Duración
Definida

Instrumento

Sin información de instrumento parseada en esta publicación.

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad Santiago
Duración
cinco años prorrogables por periodos de cinco años cada uno

Objeto social

a)Prestar servicios de estimulación, reeducación y terapia de habilidades cognitivas, sociales, afectivas y motoras en el desarrollo infantil b) Prestar servicios de terapia ocupacional, psicomotricidad, fonoaudiología, neurología, psicología, y otros servicios de salud c) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos en sociedades de personas y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito y de inversión

Administración

Corresponderá a todas las socias, actuando siempre conjuntamente dos cualquiera de ellas

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS POZA MALDONADO, Notario de Santiago, Vitacura 6844, Vitacura, certifico: por escritura pública de hoy, ante mí, Doña María Paz Correa Valdivieso, Marcela Moraga Armijo, María Jimena Olivera y Alejandra Lisette Jara Urzúa constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, RAZÓN SOCIAL: “MIRADAS, CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL LIMITADA”, nombre de fantasía “MIRADAS LTDA” o “MIRADAS CENTRO DE DESARROLLO LTDA”.OBJETO: a)Prestar servicios de estimulación, reeducación y terapia de habilidades cognitivas, sociales, afectivas y motoras en el desarrollo infantil b) Prestar servicios de terapia ocupacional, psicomotricidad, fonoaudiología, neurología, psicología, y otros servicios de salud c) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos en sociedades de personas y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito y de inversión. CAPITAL: $1.000.000.- en el que doña MARIA PAZ CORREA VALDIVIESO aporta su trabajo y la suma de doscientos cincuenta mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos de la sociedad, doña MARCELA MORAGA ARMIJO aporta su trabajo y la suma de doscientos cincuenta mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos de la sociedad, doña MARIA JIMENA OLIVERA aporta su trabajo y la suma de doscientos cincuenta mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos de la sociedad Y doña ALEJANDRA LISETTE JARA URZUA aporta su trabajo y la suma de doscientos cincuenta mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos de la sociedad. Aportes que se enteran al contado y en dinero en efectivo, y que la sociedad declara recibir a su más entera satisfacción. . LIMITACION DE RESPONSABILIDAD: socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: cinco años prorrogables por periodos de cinco años cada uno; ADMINISTRACION: Corresponderá a todas las socias, actuando siempre conjuntamente dos cualquiera de ellas. DOMICILIO: Ciudad Santiago, sin perjuicio establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos de la República o el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de Enero del 2019.