CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA SURCRECE LIMITADA

CVE 1529427
Fecha instrumento
3 de enero de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de enero de 2019
Notario
Andrés Rieutord Alvarado
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
El plazo de duración de la sociedad será de cinco años, a contar de esta fecha, el que se renovará automática y sucesivamente por períodos de cinco años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a.- la inversión en todo tipo de bienes, raíces o muebles, y la percepción de los beneficios o rentas que de ellos provengan, b.- la representación, sea como mandatario, comisionista, agente o distribuidor, de todo tipo de empresas, sociedades, personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en cualquier tipo o naturaleza de negocio o actividad económica, sea en Chile o en el extranjero, c.- la asesoría a todo tipo de personas, naturales o jurídicas, en todo lo relativo a contabilidad, finanzas y tributación, así como también la realización de toda clase de inversiones con fines rentísticos y de largo plazo, incluyendo la compra, venta, enajenación y la realización de todo tipo de transacciones relativas o acciones, derechos sociales, bonos, debentures, valores mobiliarios y efectos de comercio en general, d.-la inversión y participación en todo tipo de sociedades, sean estas civiles o comerciales, e.- la actividad inmobiliaria en general, adquiriendo, enajenado, urbanizando y administrando todo tipo de inmuebles, f.- y, en general, ejecutar actos comerciales de su giro o de cualquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales

Administración

La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don Javier Ignacio Contreras Merino, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Andrés Rieutord Alvarado, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 03-01-2019, ante mí, don ARTURO JAVIER CONTRERAS COFRE. En representación de: a) don JAVIER IGNACIO CONTRERAS MERINO y, b) doña MARÍA DEL PILAR TIMMERMANN ALOMAR, todos domiciliados en Avenida Nueva Providencia mil novecientos uno, piso seis, comuna de Providencia, Santiago, y exponen: vienen en constituir una sociedad de responsabilidad limitada.- RAZÓN SOCIAL: La razón social será “INMOBILIARIA SURCRECE LIMITADA, pudiendo actuar en todo caso con el nombre de fantasía de “SURCRECE LTDA”.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: a.- la inversión en todo tipo de bienes, raíces o muebles, y la percepción de los beneficios o rentas que de ellos provengan, b.- la representación, sea como mandatario, comisionista, agente o distribuidor, de todo tipo de empresas, sociedades, personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en cualquier tipo o naturaleza de negocio o actividad económica, sea en Chile o en el extranjero, c.- la asesoría a todo tipo de personas, naturales o jurídicas, en todo lo relativo a contabilidad, finanzas y tributación, así como también la realización de toda clase de inversiones con fines rentísticos y de largo plazo, incluyendo la compra, venta, enajenación y la realización de todo tipo de transacciones relativas o acciones, derechos sociales, bonos, debentures, valores mobiliarios y efectos de comercio en general, d.-la inversión y participación en todo tipo de sociedades, sean estas civiles o comerciales, e.- la actividad inmobiliaria en general, adquiriendo, enajenado, urbanizando y administrando todo tipo de inmuebles, f.- y, en general, ejecutar actos comerciales de su giro o de cualquier otro ramo que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales.- ADMINISTRACIÓN: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a don Javier Ignacio Contreras Merino, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social.- CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) El socio don Javier Ignacio Contreras Merino, aporta en este acto la suma de quinientos mil pesos, en dinero efectivo; b) La socia doña María del Pilar Timmermann Alomar, aporta en este acto la suma de quinientos mil pesos, en dinero efectivo.- DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad será de cinco años, a contar de esta fecha, el que se renovará automática y sucesivamente por períodos de cinco años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 11 de Enero de 2019.