FRUTICOLA VILUCO S.A.
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2018
- Notario
- WLADIMIR SCHRAMM LÓPEZ
- Oficio
- 49 notaría de Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR SCHRAMM LÓPEZ, Notario Público Titular de la 49 notaría de Santiago, con oficio en calle Paseo Phillips 451, Oficina 1.905, certifica que con fecha 27 de diciembre de 2018 se redujo a Escritura pública ante mí el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el 21 de diciembre de 2018 de la sociedad FRUTICOLA VILUCO S.A. inscrita a fojas 14.591 número 11.899 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1995, en la que se acordó ampliar el giro, reformando los estatutos sociales y reemplazando la cláusula CUARTA por la siguiente”: CUARTO: El objeto de la sociedad es: 1.- Es la realización de toda clase de actividades agrícolas, en especial la explotación de bienes raíces agrícolas que la sociedad detente a cualquier título, el cultivo y explotación de árboles frutales y hortalizas, la constitución o participación en sociedades en ese objeto y, los demás fines que relacionadas con las anteriores acuerden los socios. 2.- La compra, venta, importación y exportación de minerales, productos marinos, salmones, productos agrícolas y forestales. 3.- Compra, venta, importación, exportación y distribución de vehículos motorizados, máquinas y repuestos; 4.- La inversión en bienes muebles e inmuebles, administración de inversiones y valores mobiliarios en general. 5.- Compra y venta de acciones y valores mobiliarios 6.- La ejecución por cuenta propia o ajena de todo tipo de actividades relacionadas con el estudio, explotación, reconocimiento, prospecto, investigación, desarrollo, preparación y explotación de yacimientos mineros; 7.- La extracción, beneficio, elaboración, producción y procesamiento de minerales, subproductos y derivados o cualquier otra clase de productos que se obtengan de la extracción de yacimientos mineros; 8.- La instalación, explotación y operación de plantas de beneficios y de tratamiento de minerales y sustancias provenientes de la extracción y explotación de yacimientos mineros; 9.- La constitución y adquisición de derechos o bienes de cualquier naturaleza, especialmente concesiones mineras.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2018. Wladimir Schramm López. Notario Público.