MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

COHELA S.A.

RUT 76517926-2 CVE 1529446
Capital
$60.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2016
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2016
Repertorio
41833-2018
Notario
ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA
Oficio
Cuadragésima Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$60.000.000 CLP
Ley aplicable
ley Nº 18046.

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
FELIPE ALEJANDRO CASTRO POBLETE socio 10224020-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO AMERICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público de la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número mil ciento sesenta, subsuelo, suplente del Titular don FELIX JARA CADOT, según Decreto Judicial número setecientos cincuenta y nueve guión dos mil dieciocho, de fecha veintisiete de noviembre del año en curso, de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, FELIPE ALEJANDRO CASTRO POBLETE, CNI Nº 10.224.020-0, calle Profesora Amanda Labarca, Nº 96, oficina 25, comuna de Santiago, debidamente facultado, viene en reducir a escritura publica Acta Junta Extraordinaria de “COHELA S.A.”, Rut Nº 76.517.926-2, Capital: $60.000.000, de fecha 19 de Diciembre de 2016, cuyo tenor es el siguiente: “UNO/ ASISTENCIA: Asistieron a esta Junta los accionistas: Uno.- Accionista: Eduardo Alberto Hernández Ocares 30.000 acciones y Dos.- Accionista: Alejandro Larraín Fernández 30.000 acciones. CINCO/ NOTARIO PÚBLICO. Asiste a la presente Junta, el Notario Público de la 41ª Notaría de Santiago don Félix Jara Cadot. SEIS/OBJETO DE LA JUNTA: a) Transformar la sociedad "COHELA S.A.” en una sociedad por acciones que se denominará "COHELA SpA". b) Los demás acuerdos que sean pertinentes, como es la cláusula por la cual la sociedad "COHELA SpA" se hace responsable, en su calidad de sucesora y continuadora legal, de todos los impuestos y obligaciones tributarias que pudieren afectar a la sociedad que se transforma asegurando la plena continuidad jurídica y tributaria de la sociedad, y el otorgamiento de las facultades y poderes que fueren necesarios para completar la legalización de la transformación. SIETE/ACUERDOS DE LA JUNTA: La Junta de Accionista, acordó en forma unánime lo siguiente: Siete/Primero: Transformar la sociedad "COHELA S.A." en una sociedad por acciones que se denominará "COHELA SpA" la que se regirá por los siguientes estatutos y por lo dispuesto en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y por normas aplicables de la ley Nº 18046. ESTATUTOS DE “COHELA SpA". Artículo Primero El nombre de la sociedad será “COHELA SpA". Artículo Segundo El objeto de la sociedad será a) la compra, venta, distribución, importación, exportación y comercialización, por cuenta propia o ajena, de toda clase de maquinarias, herramientas, equipos, elementos para la instalación, desarrollo explotación y operación del rubro de la construcción, instalaciones sanitarias, eléctricas, calefacción, climatización en general, incluyendo el transporte, la seguridad, comunicaciones y todas las actividades conexas o complementarias con las mismas, b) La prestación de servicios profesionales de Ingeniería en sus diversas materias, asesorías en materias de construcción, gestión inmobiliaria y de ingeniería en general; auditorias operativas y de gestión, diseño e implementación de sistemas de control interno y de procesamiento de datos; c) la realización de todo tipo de evaluaciones de proyectos, estudios de mercado, y en general, toda clase de estudios, consultorías, actividades y proyectos en las materias antes mencionadas; d) la inversión inmobiliaria que incluye entre otros la compraventa, comercialización, arrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; y cualquier actividad relacionada en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria, incluyendo desarrollar proyectos , realizar consultorías y asesorías en el ámbito de la gestión inmobiliaria en general. Artículo Tercero: Domicilio social Ciudad Santiago. Artículo Cuarto: La sociedad rige desde esta fecha y durará 5 años, prorrogándose por períodos iguales y sucesivos de 5 años, forma señalada pacto social. Artículo Quinto: El capital será $60.000.000 dividido en 60.000 acciones nominativas acciones de una sola serie sin valor nominal, distribuidas de la siguiente forma: a) Eduardo Alberto Hernández Ocares ha suscrito y pagado 30.0000 acciones, por la suma de $30.000.000; y b) Alejandro Larraín Fernández sólo ha suscrito y no ha pagado 30.0000 acciones.- Artículo Décimo: la administración y representación de la sociedad le corresponderá a Eduardo Alberto Hernández Ocares, quien podrá ejercerlas con las facultades establecidas en cláusula décima de la escritura extractada, las que se dan por íntegramente reproducidas. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 19 de Diciembre de 2018.- Repertorio n° 41833- 2018.