ASESORIAS E INVERSIONES JMS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de diciembre de 2018
- Notario
- MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
- Oficio
- Titular de la Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
actuales y únicos socios modifican la cláusula sexta relativa a la administración y uso de la razón social la cual corresponderá a Jorge Alberto Machicao Sargent actuando en forma individual y)o a Patricia Ana Martínez y Lucas Machicao Di Benedetto actuando en forma conjunta, quienes la ejercerán en la forma, condiciones y facultades que establece la escritura extractada. IV) Socios reiteran limitación responsabilidad hasta monto respectivo
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ASESORIAS E INVERSIONES JMS LIMITADA | socio | 77313680-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique 30, oficina 44, Las Condes, certifico: Por escritura pública de veintiocho de noviembre de dos mil dieciocho, ante el Titular, Jorge Alberto Machicao Sargent, Fernando Andres Machicao Sargent, Jorge Antonio Machicao Araya, Patricia Ana Martínez, Juan Pablo Del Campo Besa, Carlos Sebastian García Wurth, Agustina Machicao Di Benedetto, Clemente Eduardo Araya Hagemann, Lucas Machicao Di Benedetto y Florencia Machicao Di Benedetto; todos domiciliados para estos efectos en Avenida El Bosque Norte 0177, oficina 602, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; modificaron ASESORIAS E INVERSIONES JMS LIMITADA, RUT N° 77.313.680-7, inscrita a fojas 11070 N° 8902 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1999, en el siguiente sentido: I) Cesiones de derechos: a) Jorge Antonio Machicao Araya cede el 1% de los derechos sociales de Asesorías e Inversiones JMS Limitada a Jorge Machicao Sargent, en la forma y condiciones señaladas en la escritura extractada. b) Carlos Sebastian García Wurth cede el 0,1% de los derechos sociales en Asesorías e Inversiones JMS Limitada a Jorge Machicao Sargent, en la forma y condiciones señaladas en la escritura extractada. c) Juan Pablo Del Campo Besa cede el 0,1% de los derechos sociales en Asesorías e Inversiones JMS Limitada a Jorge Machicao Sargent, en la forma y condiciones señaladas en la escritura extractada. d) Fernando Andrés Machiaco Sargent cede el 1% de los derechos sociales en Asesorías e Inversiones JMS Limitada a Jorge Machicao Sargent, en la forma y condiciones señaladas en la escritura extractada. e) Fernando Andrés Machicao Sargent cede el 11,5% de los derechos sociales en Asesorías e Inversiones JMS Limitada a Clemente Eduardo Araya Hagemann, quien ingresa como socio, en la forma y condiciones señaladas en la escritura extractada. II) Nueva cláusula de capital: Actuales y únicos socios acuerdan modificar al efecto el artículo cuarto de los estatutos sociales quedando éste del siguiente tenor, “CUARTO: El capital social es la cantidad de un millón de pesos que se paga por los socios en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: a) Jorge Alberto Machicao Sargent, aporta la cantidad de treinta y dos mil pesos pagados con anterioridad a esta fecha correspondientes al tres coma dos por ciento del capital social; b) Patricia Ana Martínez, aporta la cantidad de quinientos ocho mil pesos pagados con anterioridad a esta fecha correspondientes al cincuenta coma ocho por ciento del capital social; c) Agustina Machicao Di Benedetto aporta la cantidad de ciento quince mil pesos pagados con anterioridad a este acto correspondientes al once coma cinco por ciento del capital social; d) Florencia Machicao Di Benedetto aporta la cantidad de ciento quince mil pesos pagados con anterioridad a este acto correspondientes al once coma cinco por ciento del capital social; e) Lucas Machicao Di Benedetto aporta la cantidad de ciento quince mil pesos pagados con anterioridad a este acto correspondientes al once coma cinco por ciento del capital social; f) Clemente Eduardo Araya Hagemann aporta la cantidad de ciento quince mil pesos pagados con anterioridad a este acto correspondientes al once coma cinco por ciento del capital social.” III) Nueva clausula Administración: actuales y únicos socios modifican la cláusula sexta relativa a la administración y uso de la razón social la cual corresponderá a Jorge Alberto Machicao Sargent actuando en forma individual y/o a Patricia Ana Martínez y Lucas Machicao Di Benedetto actuando en forma conjunta, quienes la ejercerán en la forma, condiciones y facultades que establece la escritura extractada. IV) Socios reiteran limitación responsabilidad hasta monto respectivo aportes. V) Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de diciembre de 2018.- M. V. Wielandt C. N. S.