SAORSI LTDA.
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2018
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2018, ante mí, en su calidad de socios de SALAZAR, ORTEGA Y PASTRIAN INJENIERIA LIMITADA, en adelante SAORSI LTDA., don CLAUDIO ANDRÉS ORTEGA VELÁSQUEZ, domiciliado en calle Amunátegui número cuatrocientos cuatro, comuna de Santiago, Región Metropolitana, doña KATHERINE ANGÉLICA PASTRIAN CABEZAS, domiciliado en Amunátegui número cuatrocientos cuatro, comuna de Santiago, Región Metropolitana, don MARCELO LUIS SALAZAR CHAMORRO, domiciliado en Amunátegui número cuatrocientos cuatro, comuna de Santiago, Región Metropolitana y en su calidad de nuevo socio don JORGE ANDRÉS COLLAZO MARCHANT, domiciliado en Leonardo Da Vinci siete mil trescientos treinta y cinco comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acuerdan: CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: a) don MARCELO LUIS SALAZAR CHAMORRO cede y transfiere la totalidad de su interés en la sociedad, equivalente al treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social entre don CLAUDIO ANDRÉS ORTEGA VELÁSQUEZ, quien adquiere y acepta para sí a un treinta y dos coma treinta y tres por ciento y don JORGE ANDRÉS COLLAZO MARCHANT, quien adquiere y acepta para sí un uno por ciento. El precio de la cesión es la suma de novecientos noventa y nueve mil novecientos pesos, precio que la cedente declarada haber percibido en dinero en efectivo y a su completa satisfacción; y b) doña KATHERINE ANGÉLICA PASTRIAN CABEZAS cede y transfiere la totalidad de su interés en la sociedad, equivalente al treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social a don CLAUDIO ANDRÉS ORTEGA VELÁSQUEZ, quien lo adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de novecientos noventa y nueve mil novecientos pesos, precio que la cedente declarada haber percibido en dinero en efectivo y a su completa satisfacción.- AUTORIZACIÓN Y FINIQUITO: Comparece autorizando la presente cesión el socio don CLAUDIO ANDRÉS ORTEGA VELÁSQUEZ otorgando autorización a los comparecientes para la cesión y transferencia de los derechos sociales indicados, otorgando además el más amplio y completo finiquito al respecto. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS.- Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, los actuales y únicos socios de SAORSI LTDA, acuerdan modificar los estatutos sociales y sustituir el artículo cuarto y quinto, por los que a continuación se indican: “ARTÍCULO CUARTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don CLAUDIO ANDRÉS ORTEGA VELÁSQUEZ, quien anteponiendo su firma a la razón social, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social”, y “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de tres millones de pesos que los socios aportan en las siguientes proporciones: a) don JORGE ANDRÉS COLLAZO MARCHANT aportó la suma de treinta mil pesos, equivalentes al uno por ciento del interés social; y b) don CLAUDIO ANDRÉS ORTEGA VELÁSQUEZ aportó la suma de dos millones novecientos setenta mil pesos equivalentes noventa y nueve por ciento del interés social”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 08 de enero de 2019.