JZM SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de diciembre de 2018
- Notario
- MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
- Oficio
- Sexta Notaría Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $40.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público Titular Sexta Notaría Concepción, oficio Colo Colo 304, certifica: Que por escritura pública de fecha 24.12.2018, Rep.N°5.236/2018, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad JZM SpA celebrada con fecha 28 de febrero de 2018 en donde se acordó aumentar el capital de la sociedad de $40.000.000 a $96.000.000 mediante la emisión de 2.800 nuevas acciones a un valor de $20.000 cada una y son puestas a disposición de los accionistas. Sustituye artículo cuarto y primero transitorio de los estatutos, quedando en definitiva de la siguiente forma “Artículo Cuarto: El capital de la sociedad será la suma de $96.000.000 dividido en 4.800 acciones de una sola serie sin valor nominal, las acciones han sido pagadas en este acto. Artículo Primero Transitorio: En virtud de lo acordado en la Junta Extraordinaria de Accionistas de JZM SpA , celebrada con fecha 28 de Febrero de 2.018 , se aumentó el capital social de $40.000.000, divididos en 2.000 acciones sin valor nominal, íntegramente pagado y suscrito a la fecha a la cantidad de $96.000.000, divididos en 4.800 acciones de pago de una misma serie sin valor nominal , mediante la emisión de 2.800 nuevas acciones de pago de una misma serie, sin valor nominal , las que fueron ofrecidas preferentemente a los accionistas a prorrata de las acciones que poseen, quienes ejercieron su derecho a suscripción preferente de las acciones de pago emitidas por la sociedad en la forma que se expresa a continuación; UNO: Jaime Patricio Zamarin Milstein, suscribe 1.400 nuevas acciones de pago por un monto total de $28.000.000, pagados al contado, DOS: Jaime Andrés Zamarin Morales, suscribe 1.400 nuevas acciones de pago por un monto total de $28.000.000, pagados al contado.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada, y no son materia de extracto.- Concepción, 08 de Enero de 2019.-vvl