INVERSIONES SAN NICOLÁS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de marzo de 2013
- Notario
- MARTA RIVAS SCHULZ
- Domicilio
- Los Andes
Sociedad
- Capital
- $35.000.000 CLP
Administración
corresponderá exclusivamente al socio don Mario Antonio Facuse Andreucci; 2) Cláusula quinta, relativa al capital social, de $35.000.000, a enterarse en un 95% por Mario Antonio Facuse Andreucci y en un 5% por Paula Macarena García Ritter: se amplía el plazo para enterar el saldo de capital restante hasta el 31 de diciembre de 2020; 3) Cláusula décima, relativa al plazo de vigencia de la sociedad: se amplía hasta el día 31 de diciembre de 2020, prorrogable tácitamente y automáticamente por períodos sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios expresare su voluntad de poner término al contrato social en la forma señalada en la escritura extractada. En lo no modificado sigue rigiendo pacto social original
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARTA RIVAS SCHULZ, Notario Público, titular Los Andes, Esmeralda 417, certifica: por escritura pública de hoy otorgada ante mí, MARIO ANTONIO FACUSE ANDREUCCI, PAULA MACARENA GARCÍA RITTER, ambos domiciliados en Los Villares sin número, comuna de Calle Larga, Provincia de Los Andes, y ANA MARÍA DEL CARMEN FACUSE APARA, domiciliada en calle Esmeralda N° 417, oficina 2-B, Comuna y Provincia de Los Andes, modificaron “INVERSIONES SAN NICOLÁS LIMITADA”, Rut. 76.107.833-K, cuyo capital inicial fue de $35.000.000.-, inscrita a fs. 108, N°111, Registro Comercio Conservador de Los Andes de 2009, en siguientes sentidos: /A/ Mario Antonio Facuse Andreucci y Ana María del Carmen Facuse Apara, con el consentimiento de Paula Macarena García Ritter, celebraron un contrato de transacción, en virtud del cual se declara resuelta la compraventa de derechos sociales celebrada por escritura pública de modificación social otorgada en esta misma notaría el 22 de marzo de 2013, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes a fs. 107, N°110, del año 2013, restituyéndose todo lo dado y pagado en razón de la compraventa objeto de la resolución, y, a consecuencia de lo anterior, restituyendo las cláusulas cuarta y quinta de los estatutos sociales, relativas a la administración y capital, respectivamente, a su versión original, como si nunca hubieran sido modificadas, quedando como únicos socios de la sociedad doña Paula Macarena García Ritter y don Mario Antonio Facuse Andreucci, y éste último como único administrador de la misma. /B/ Actuales y únicos socios de “Inversiones San Nicolás Limitada” acuerdan modificar las cláusulas cuarta, quinta y décima de los estatutos sociales de siguiente manera: 1) Cláusula cuarta, relativa a la administración y uso de la razón social: corresponderá exclusivamente al socio don Mario Antonio Facuse Andreucci; 2) Cláusula quinta, relativa al capital social, de $35.000.000, a enterarse en un 95% por Mario Antonio Facuse Andreucci y en un 5% por Paula Macarena García Ritter: se amplía el plazo para enterar el saldo de capital restante hasta el 31 de diciembre de 2020; 3) Cláusula décima, relativa al plazo de vigencia de la sociedad: se amplía hasta el día 31 de diciembre de 2020, prorrogable tácitamente y automáticamente por períodos sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios expresare su voluntad de poner término al contrato social en la forma señalada en la escritura extractada. En lo no modificado sigue rigiendo pacto social original. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. MARTA RIVAS SCHULZ, Notario. Los Andes, 27 de Diciembre de 2018.