CUIDADOS TERAPÉUTICOS CLAUDIA BARRERA ÁLVAREZ E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 10 de enero de 2019
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 19.857
Objeto social
La actividad económica que constituirá el objeto o giro de la empresa será: La prestación de servicios médicos profesionales; terapéuticos; primeros auxilios; y de salud en general y en todas sus especialidades, urgencias, atención y consultas particulares a todo tipo de pacientes, en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o de otra índole, ya sea en hospitales, universidades, clínicas o consultas propias o ajenas, o a domicilio, su explotación y)o administración, la atención de enfermos, la investigación médica en general, realización de cursos relacionados con la medicina terapéutica en general, capacitaciones y talleres, evaluación de tratamientos, y asesorías médicas en general, realización de proyectos médicos de todo tipo, la constitución y explotación de centros médicos y clínicas, la comercialización de insumos, medicamentos y equipos, representaciones en general, relacionada con la medicina; tratamiento y rehabilitación de toda clase de enfermedades y pacientes,, dedicarse a todo lo que diga relación en tecnología médica y toda actividad vinculada a la salud, en sus más amplios aspectos; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera 2536, San Miguel, certifico, por escritura pública, hoy ante mí, doña CLAUDIA ANDREA BARRERA ÁLVAREZ, chilena, soltera, licenciada en enfermería, de 28 años de edad, con domicilio en av. Padre Hurtado n° 10.870 , comuna de El Bosque, c.n.i.n° 18.276.097-8, constituyó empresa individual responsabilidad limitada que se regirá por las disposiciones de la Ley 19.857, por las normas pertinentes del Código Comercio y supletoriamente del Código Civil, por las disposiciones legales, tributarias y contables aplicables a las sociedades comerciales de responsabilidad limitada, incluyendo las establecidas en la Ley 19.499, y en especial, por las disposiciones del presente estatuto. RAZÓN SOCIAL: “CUIDADOS TERAPÉUTICOS CLAUDIA BARRERA ÁLVAREZ E.I.R.L.", pudiendo actuar en la vida jurídica, incluso ante los bancos, fines comerciales y de propaganda, con el nombre de fantasía de “BESTKER E.I.R.L.”. OBJETO: La actividad económica que constituirá el objeto o giro de la empresa será: La prestación de servicios médicos profesionales; terapéuticos; primeros auxilios; y de salud en general y en todas sus especialidades, urgencias, atención y consultas particulares a todo tipo de pacientes, en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o de otra índole, ya sea en hospitales, universidades, clínicas o consultas propias o ajenas, o a domicilio, su explotación y/o administración, la atención de enfermos, la investigación médica en general, realización de cursos relacionados con la medicina terapéutica en general, capacitaciones y talleres, evaluación de tratamientos, y asesorías médicas en general, realización de proyectos médicos de todo tipo, la constitución y explotación de centros médicos y clínicas, la comercialización de insumos, medicamentos y equipos, representaciones en general, relacionada con la medicina; tratamiento y rehabilitación de toda clase de enfermedades y pacientes,, dedicarse a todo lo que diga relación en tecnología médica y toda actividad vinculada a la salud, en sus más amplios aspectos; y todo lo que, en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades. CAPITAL: $1.000.000, que la titular entera en este acto, en dinero efectivo en arcas empresariales. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración de la empresa individual de responsabilidad limitada corresponderá a la titular de la empresa, doña CLAUDIA ANDREA BARRERA ÁLVAREZ, quien la representará judicial y extrajudicialmente y actuará en su nombre y representación con plenas facultades de administración y disposición, incluyendo la facultad de autocontratar y demás que sean necesarias para el cumplimiento de la actividad económica que constituye el objeto o giro de la Empresa. DURACIÓN: La empresa empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y su duración será indefinida. DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos, que establezca dentro del país o en le extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. San Miguel, 10-01-2019.