Instrumento
- Fecha
- 7 de enero de 2019
- Repertorio
- 102-2019
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad y comuna de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) la realización por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de actividades relacionadas con el rubro de peluquerías y salones de belleza, entendiéndose por tales el establecimiento y desarrollo de salones de belleza, estética, bronceado, peluquería, perfumería, maquillaje, así como la implementación de servicios de manicura, pedicura, depilación y otros propios de este giro; b) la comercialización, importación, exportación y distribución por cuenta propio o ajena, de todo tipo de materiales de belleza; y c) la ejecución de toda clase de actos y operaciones de comercio relacionadas con su objeto principal
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera Nº 4.886, San Miguel, certifica:Por escritura pública otorgada con fecha 7 de enero de 2019, Repertorio N° 102-2019, ante mí, doña BÁRBARA ANDREA MEZA RUBINK, domiciliada en Américo Vespucio Norte 1.090, oficina 801, Comuna de Vitacura, Santiago; constituyó una Sociedad por Acciones, cuyo estatuto se extracta en seguida: Razón Social: “El nombre de la Sociedad es “BARBY MAKE UP SpA” Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) la realización por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de actividades relacionadas con el rubro de peluquerías y salones de belleza, entendiéndose por tales el establecimiento y desarrollo de salones de belleza, estética, bronceado, peluquería, perfumería, maquillaje, así como la implementación de servicios de manicura, pedicura, depilación y otros propios de este giro; b) la comercialización, importación, exportación y distribución por cuenta propio o ajena, de todo tipo de materiales de belleza; y c) la ejecución de toda clase de actos y operaciones de comercio relacionadas con su objeto principal. Capital: $1.000.000 dividido y representado en 1.000.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. La totalidad de las acciones son suscritas en este acto por doña BÁRBARA ANDREA MEZA RUBINK, lo que en total asciende a la suma de un millón de pesos, a razón de un peso chileno por cada acción. La suscriptora pagará en dinero, en la misma moneda o en especie, dentro del plazo de tres años, debidamente reajustado. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 10 de enero de 2019.