AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL LOS MAITENES LIMITADA
Instrumento
- Comuna
- Pública de
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
Administración
La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá a LUIS ALBERTO NOVOA MIRANDA, cédula de identidad número diez millones ochenta y nueve mil doscientos veintidós guión siete, quien anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran en el artículo séptimo del pacto social, no siendo necesario acreditar ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social”. En todo lo que no se modifica por este instrumento, se mantienen vigentes las disposiciones contenidas en el pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGERMAN ROUSSEAU DEL RIO, Notario Interino de la XXII Notaria Pública de Santiago, con oficio en Avenida El Bosque Norte N°047, comuna de Las Condes, en la ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de diciembre de 2.018, ante mí: Los socios de la sociedad “AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL LOS MAITENES LIMITADA”, RUT N°77.757.870-7, inscrita a fojas 11.030 N°9.153 del Registro de Comercio de Santiago del año 2.002; INVERSIONES S.B.J. S.A., del giro de su denominación, RUT N°76.181.085-5, con domicilio en Avenida La Dehesa N°1.201. of.429, comuna de Lo Barnechea; INVERSIONES VOLCAN PULAR SpA, del giro de su denominación, RUT N°76.817.982-4, con domicilio en Avenida Nueva Providencia N°1.850, of. 21, Providencia; INVERSIONES FAIR ASSET SpA, del giro de su denominación, RUT N°76.817.953-0, con domicilio en Avenida Nueva Providencia N°1.850, of. 21, Providencia; y además comparece la sociedad RIO PUMA S.A., del giro de su denominación, RUT N°76.323.570-K, con domicilio en Avenida Nueva Providencia N°1.850, of 21, Providencia; Quienes modificaron la sociedad de la siguiente forma: a) La socia INVERSIONES S.B.J. S.A., con el consentimiento de todos los socios, vende, cede y transfiere el 36% de los derechos sociales de la sociedad, a INVERSIONES FAIR ASSET SpA, en la suma de $2.500.000.- que se pagan en el acto al contado; b) La socia INVERSIONES VOLCAN PULAR SpA, con el consentimiento de todos los socios, vende, cede y transfiere el 35% de los derechos sociales de la sociedad, a INVERSIONES FAIR ASSET SpA, en la suma de $2.430.556.- que se pagan en el acto al contado; c) La socia INVERSIONES VOLCAN PULAR SpA, con el consentimiento de todos los socios, vende, cede y transfiere el 1% de los derechos sociales de la sociedad, a RIO PUMA S.A. en la suma de $69.444.- que se pagan en el acto al contado. Producto de estas cesiones se retiran de la sociedad, INVERSIONES S.B.J. S.A. e INVERSIONES VOLCAN PULAR SpA, quedando como únicos socios, INVERSIONES FAIR ASSET SpA con un 99% y la sociedad RIO PUMA S.A. con un 1% de los derechos sociales. Por último, los únicos socios, esto es, INVERSIONES FAIR ASSET SpA y la sociedad RIO PUMA S.A. modifican la sociedad en el siguiente sentido: a) Se modifica el capital de la sociedad, reemplazando el artículo octavo por el siguiente: “OCTAVO: Capital: El capital de la sociedad es la suma de $50.000.000.-, que los socios han suscrito y pagado en la siguiente forma y proporción: a) INVERSIONES FAIR ASSET SpA, con la suma de $49.500.000.- equivalentes al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; b) RIO PUMA S.A., con la suma de $500.000.-, equivalentes al uno por ciento de los derechos sociales. Capital totalmente enterado y pagado”. b) Modificar la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad, y para ello reemplazan el artículo Sexto del pacto social, por el siguiente: “SEXTO: Administración y Uso de la Razón Social: La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad corresponderá a LUIS ALBERTO NOVOA MIRANDA, cédula de identidad número diez millones ochenta y nueve mil doscientos veintidós guión siete, quien anteponiendo su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario; y en especial, en la celebración de los actos o contratos que se enumeran en el artículo séptimo del pacto social, no siendo necesario acreditar ante terceros, si ellos corresponden o no al giro social”. En todo lo que no se modifica por este instrumento, se mantienen vigentes las disposiciones contenidas en el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 08 de enero de 2.019.